La Corte Constitucional determinó que los notarios del país deben cambiar los registros civiles de nacimiento para dar cabida a parejas homosexuales.
El tribunal ordena a la Registraduría debe cambiar el formato de registro de los menores de edad, es decir, que no tenga solo el nombre de la madre y del padre, sino también la opción para especificar si se trata de una pareja del mismo sexo. Escuche también: (El homosexualismo no se unta, no se hereda: estilista Humberto Quevedo)
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La determinación se dio al fallar una tutela interpuesta por dos hombres, que quisieron registrar a su hijo, pero en el formato no aparecía la opción diferente a la de un hombre y una mujer. Lea también: (Adopción gay fue decidida en un acto dictatorial de la Corte: Iglesia)
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La semana pasada, la Corte Constitucional vía libre a la adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo, sin restricciones de ningún tipo.
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