Las “fotomultas” deberán ser notificadas personalmente y mediante un correo certificado en los tres días siguientes a los hechos registrados y de incumplirse cualquiera de estos requisitos estas podrían ser anuladas o declaradas ilegales.
La Corte Constitucional consideró que se debe proteger el derecho al debido proceso y a la defensa en este tipo de situaciones.
"La falta de notificación de los actos administrativos, implica que los afectados no tengan conocimiento de los pronunciamientos administrativos", precisa la decisión.
Actualizado: abril 29, 2016 08:48 PM