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¿Realmente el procurador Ordoñez debería dejar de lado sus creencias religiosas?

La Constitución de 1991 instituyó que el Estado colombiano sería laico, un Estado no confesional. Se declaró de esta manera que el Estado colombiano no profesaría ninguna religión ni culto. Como consecuencia de esa decisión se dio paso a la creación del derecho de todos los colombianos a la libertad religiosa.

47180_Alejandro Ordoñez / Foto: Procuraduría
Alejandro Ordoñez / Foto: Procuraduría
Alejandro Ordoñez / Foto: Procuraduría

El doctor Sergio González, especialista en Derecho Constitucional, se refirió a las innumerables críticas que recibe el procurador General, Alejandro Ordóñez, por supuestamente no aplicar la Constitución en el ejercicio de su cargo sino tomar decisiones con base en sus creencias religiosas, teniendo en cuenta que es católico. (Lea también: Procurador Ordóñez podría ser reelegido indefinidamente si aprueban reelección)

 

En ese sentido, González afirma que ningún funcionario público está obligado a renunciar a su fe ni a sus creencias y “en el sistema disciplinario colombiano no se le exige a nadie renunciar a su fe; se le exige que no haga política, que no contrate con su propia entidad, pero a nadie se le pide que renuncie a su fe, porque la fe es irrenunciable y esa es la esencia del derecho a la libertad religiosa”.

 

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“La sensibilidad pasa por un aspecto puntual: al parecer no representa a todos los colombianos y la naturaleza del Ministerio Público es el de representación de la sociedad. Por tanto, quienes no se sienten representados por las posturas que (Ordoñez) propone, le lanzan ataques (…) Imaginemos el caso contrario, que tengamos un procurador ateo, ¿cuántos hombres de fe estarían quejándose porque no los representa”, añadió el experto.

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