día de su muerte, al rechazar una objeción de la Presidencia de la República.
El organismo aseguró que estas empresas están obligadas a proporcionar tratamientos y cuidados paliativos a quienes lo necesiten sin importar su diagnóstico.
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“Aquí no hubo ninguna regulación integral. Lo que se hizo fue un trabajo sobre un procedimiento que tiene que ver con cuidados paliativos con respecto a enfermedades incurables y terminales, es decir cuando ya no haya absolutamente nada que hacer. Lo que hace la ley es regular que a los enfermos en condiciones ya definitivas se les den igualmente todos los cuidados”, indicó el presidente de la Corte Constitucional, Luis Ernesto Vargas.