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Impuesto al patrimonio será reemplazado por el impuesto a la riqueza

El proyecto de ley de reforma tributaria para 2015-2018 que ya fue radicado en la Secretaría de la Cámara de Representantes contempla:   - La creación...

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El proyecto de ley de reforma tributaria para 2015-2018 que ya fue radicado en la Secretaría de la Cámara de Representantes contempla:

 

- La creación del impuesto a la riqueza, que sustituye al impuesto al patrimonio, que vence este año. Este nuevo gravamen se aplicará a personas con un patrimonio bruto, es decir excluyendo deudas, igual o superior a 1000 millones de pesos. Según cálculos del Ministerio de Hacienda, 50 mil colombianos deberán pagarlo, mientras que el 10% de las empresas deberán tributario, aproximadamente 35 mil.

 

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Este impuesto a la riqueza se pagará dependiendo las siguientes tarifas marginales:

 

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-- Patrimonios desde $1000 mlls hasta $2000 mlls, tarifa de 0,2%

 

-- Patrimonios desde $2000 mlls hasta $3000 mlls, tarifa de 0,35%

 

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-- Patrimonios desde $3000 mlls hasta $5000 mlls, tarifa de 0,75%

 

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-- Patrimonios desde $5000 mlls en adelante, tarifa de 1,50%

 

Estas tarifas son marginales, es decir que por ejemplo una empresa con patrimonio de $3500 mlls, por los primeros $2000 mlls paga tarifa de 0,2%, por los $1000 siguientes paga 0,35%n y por los $500 mlls restantes la tarifa de 0,75%.

 

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- El 9o punto del CREE, que era temporal, se convierte en permanente.

 

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- Una sobretasa de 3%por 4 años para el impuesto del CREE, que grava las utilidades de las empresas. Y se aplicará sobre las utilidades superiores a $1000 mlls.

 

- Se mantiene el 4x1000 fijo hasta 2018. Luego, en 2019, pasará a ser 3x1000, en 2020 a ser 2x1000, en 2021 a ser 1x1000, y desaparecerá en 2022.

 

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- Se eliminará la devolución de 2 puntos del IVA por las compras con tarjetas débito y crédito, medida que estaba vigente hace 10 años. La DIAN evitará trámites de devolución y se enfocara en lucha contra evasión para recuperar anualmente $5 billones.

 

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- Quienes no hayan declarado sus activos en el exterior podrán hacerlo pagando una sobretasa en el Impuesto a la Riqueza del 10% en 2015, del 15% en 2016 y del 20% en 2017. Si los activos omitidos son detectados por la DIAN y superan los $8000 millones, se abrirá proceso penal en contra del evasor.

 

Este proyecto de ley iniciará su trámite en las comisiones económicas conjuntas del Congreso de la República. ?

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