Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Capturan dos agentes de la policía acusados de violar una joven en Cundinamarca

La Policía Judicial y el CTI capturaron al intendente Javier Alexander León Prieto, y al subintendente de la Policía en la subestación de Tibacuy César...

tmp_1599671455372.jpg

La Policía Judicial y el CTI capturaron al intendente Javier Alexander León Prieto, y al subintendente de la Policía en la subestación de Tibacuy César Humberto Chávez Briceño, solicitados por el delito de acceso carnal violento agravado en hechos registrados en 2004, quienes fueron condenados a 128 meses de prisión en centro carcelario por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia el pasado 26 de noviembre.

 

Según los hechos narrados por la Sala Penal, el 2 de abril de 2004 en Fusagasugá (Cundinamarca) Sandra Ríos, de 20 años de edad, vio un partido de fútbol en un lugar público en compañía de César Humberto Chávez Briceño, a quien había tratado poco y no le tenía mucha confianza, donde consumieron licor. Finalizado el juego se encontraron en el sitio con Javier Alexander León Prieto, amigo de Chávez Briceño, quien les propuso llevar a la joven en su vehículo.

 

Publicidad

Según el reporte de las autoridades, los hombres abusaron sexualmente de Sandra Ríos cuando ya se encontraba bajo estado de embriaguez y estaba en incapacidad de poner resistencia. El reporte de Medicina Legal estableció lesiones en glúteos, genitales, flanco izquierdo y región cervical posterior.

 

Publicidad

La Fiscalía los acusó el 1 de junio de 2010 y les impuso detención preventiva, medida que el instructor revocó a petición del defensor el 4 de agosto de 2010, por considerar que no era necesaria. La acusación quedó en firme el 2 de noviembre.

 

Posteriormente, el 14 de septiembre de 2012 el Juzgado Primero Penal del Circuito de Fusagasugá los condenó a 128 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas equivalente a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

  • Publicidad