Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Corte Constitucional tumba demanda del Centro Democrático contra el Plebiscito

Esta decisión no tiene mayores efectos ya que en dicha jornada ganó el ‘No’, por lo que el Gobierno tuvo que plantear cambios en el Acuerdo de Paz.

282874_Blu Radio. Corte Constitucional / Foto: Blu Radio
Blu Radio. Corte Constitucional / Foto: Blu Radio

La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme el decreto 1391 del 2016, por el cual se convocaba a un Plebiscito por la Paz. El alto tribunal considero que este decreto se ajusta a los requisitos de ley
 
 
La Corte Constitucional tumbó una demanda interpuesta por Paola Holguín, Marco Fidel Ramírez, Paloma Valencia y Alfredo Ramos en la que se señalaba que el proceso del plebiscito violaba el debido proceso ya que se convocó sin que el Congreso de la Republica “conociera previamente la pregunta que sería utilizada en el plebiscito”.
 
 
Además, argumentaba que el principio de participación democrática fue quebrantado ya que el Gobierno construyó el plebiscito que quería que le respondieran, manipulando a los votantes y dejando a la ciudadanía sin otra salida para poder manifestarse. Dicha demanda, también afirmaba que la pregunta usada para este proceso no fue redactada de manera clara y que estaba dirigida en un sentido específico
 
 
Sin embargo, cabe señalar que esta actuación estaba compuesta por un grupo de 3 demandas. En otra de ellas, Marco Fidel Ramírez solicitaba que se declarará la nulidad del plebiscito afirmando que la palabra ‘paz’ era inconstitucional. Esta afirmación se hacía con base en que con la palabra ‘paz’ se inducia a los votantes a votar por el ‘Sí’ ya que todos los colombianos están obligados a trabajar por la paz.
 
 
Por su parte, los senadores Paloma Valencia y Alfredo Ramos pedían declarar la inconstitucionalidad de este decreto asegurando que solo se podía realizar una convocatoria para la refrendación cuando ya se hubiese suscrito el acuerdo de paz y al ser firmado por los integrantes de las FARC de forma valida, no mediante sus alias. 
 
 
Pero a pesar de dichos argumentos, la Corte mantuvo su decisión del pasado mes de julio de 2016 en la que aprobó el plebiscito como mecanismo para refrendar los acuerdos de paz entre el Gobierno y las Farc. En dicha oportunidad el alto tribunal reconoció el uso del plebiscito como la figura que aseguraba la legitimidad de lo acordado en La Habana.
 
 
Finalmente, es de señalar que esta decisión no tiene mayores efectos ya que en dicha jornada ganó el ‘No’, por lo que el Gobierno tuvo que plantear cambios en el Acuerdo de Paz y convocar a una nueva firma del mismo, que se llevó a cabo el pasado mes de noviembre en el Teatro Colón.

  • Publicidad