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Las maniobras de implicados en ‘cartel de hemofilia’ para evadir la justicia

Por estas irregularidades se produjo un posible detrimento al patrimonio público por $44 mil 812 millones de pesos.

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BLU Radio conoció a través de una serie de documentos que los dueños de una de las IPS, vinculada al escándalo del cartel de la hemofilia, estarían modificando el nombre de la empresa y cambiando de representante legal para evadir responsabilidades fiscales y cuentas con las autoridades que lo investigan.

 

Después de que Guillermo Pérez Ardila, el representante de la IPS Unidos por su Bienestar S.A.S, aceptara cargos, se entregara y recibiera casa por cárcel por los delitos de peculado y concierto para delinquir, una serie de cambios se registraron en la cámara de comercio de la clínica que recibió 40.000 millones de pesos para tratamientos "fantasma" de hemofilia por parte de la Gobernación de Córdoba.

 

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En 2016, recién estalló el escándalo por cuenta de las auditorias de la Contraloría, la IPS cambio de nombre a Comunidad Sana y pasó a ser representada por el hermano de Pérez Ardila.

 

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Ahora en 2017, la sociedad pasó a manos de  Arturo José Velasco Álvarez, quien podría celebrar contratos o cualquier tipo de actividad relacionada con el objeto social de la empresa.

 

Fuentes cercanas a los organismos que investigan el caso, explicaron a BLU Radio que los dueños estaría realizando este tipo de acciones con el objetivo de limpiar el nombre de la clínica y seguir vigentes en el marcado de los servicios de salud en la ciudad de Montería. 

 

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La Contraloría en su momento denunció en el departamento de Córdoba el escandaloso hecho de falsos recobros de salud, con pacientes hemofílicos inexistentes, exámenes de laboratorio alterados y medicamentos que nunca se suministraron, con lo cual se produjo un posible detrimento al patrimonio público por $44 mil 812 millones de pesos.

 

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Según el organismo de control, la Secretaría de Salud del departamento autorizó pagos directamente a la IPS Unidos por su Bienestar S.A.S. sin verificar la efectiva prestación del servicio, sin que existieran fallos de tutela y, además, sin autorización del Comité Técnico Científico de una EPS, como establece la normatividad vigente.

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