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Qué puede hacer y qué no esta Navidad en Bogotá: las medidas para tener en cuenta

Si bien inicialmente se habían tomado medidas como ley seca en toda la ciudad, posteriormente la administración las cambió.

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Bogotá panoramica
Foto: Alcaldía

Este 24 de diciembre será particular por las medidas que ha tomado la Alcaldía de Bogotá para evitar aglomeraciones en la celebración de la Navidad.

Si bien inicialmente se habían tomado medidas como ley seca en toda la ciudad, posteriormente la administración las cambió, lo mismo que pasó con el pico y cédula en restaurantes:

Aquí los datos que debe saber para celebrar tranquilo estas fechas navideñas:

  • Está prohibido el expendio de bebidas embriagantes entre el 24 de diciembre a las 0:01 de la mañana y el 27 de diciembre a las 11:59 de la noche.
  • Está restringida la realización de fiestas y celebraciones en espacio público, o cuya actividad privada trascienda a lo público, incluidos antejardines y las áreas comunes de los conjuntos residenciales, desde el 23 de diciembre a las 11:59 de la noche hasta el 01 de enero de 2021 a las 11:59 de la noche.
  • Esta medida no aplicará para domicilios. El consumo de bebidas embriagantes en el espacio público, verbenas, fiestas en parques o en la vía pública también quedarán prohibidas durante estas festividades.
  • La ciudadanía debe celebrar en casa, con el círculo familiar más cercano, y en ningún caso con presencia de más de 10 personas. Así mismo, se solicita intensificar las medidas de bioseguridad básicas como el lavado de manos, el distanciamiento y el uso de tapabocas.
  • El pico y cédula empezó a regir en Bogotá desde las 00:00 horas del 21 de diciembre de 2020 y hasta el 15 de enero de 2021.
  • Viernes 25 de diciembre tienen pico y cédula los documentos terminados en 1, 3, 5, 7, 9.
  • Solo están exceptuados de esta nueva medida hoteles, restaurantes, centros de salud, las farmacias y los servicios funerarios. Adicionalmente en casos de servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos donde se requiera la comparecencia simultánea de dos o más personas, también aplicará la excepción.
  • Quienes tengan números de cédula terminados en 0, 2, 4, 6 y 8 podrán ingresar este 24 en todos los establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor. También para trámites bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
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