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Solo está prohibida venta de bebidas alcohólicas en zonas en cuarentena: Alcaldía de Bogotá

A través de una circular, la Alcaldía de Bogotá, les salió el paso a las críticas por la manera cómo algunos supermercados interpretaron el decreto de la cuarentena

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Polémica por prohibición para vender libros durante cuarentena sectorizada en Bogotá

Ante la controversia que se desató en Bogotá, debido a la restricción en la venta de utensilios de aseo, preservativos y hasta revistas, en almacenes de cadena en la localidad de Usaquén, que entró en alerta naranja desde el domingo, el Distrito aclaró, a través de una circular, que solo está prohibida la venta de bebidas alcohólicas en días y horarios específicos.

“Los establecimientos de comercio que venden alimentos, productos de primera necesidad, elementos de aseo y medicamentos pueden abrir sin restricción a la venta”, manifestó el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez.

El funcionario aclaró que la única prohibición a la comercialización para estos establecimientos, en las localidades con cuarentena estricta, es el expendio de bebidas alcohólicas los fines de semana.

La Secretaría de Gobierno emitió la Circular 027 de 2020, en la que aclara que los establecimientos que comercializan productos de primera necesidad, ubicados en las localidades de Puente Aranda, Usaquén, Chapinero, Teusaquillo, Santa Fe, La Candelaria y Antonio Nariño, zonas de cuarentena estricta, no tienen restricción a la venta; lo pueden hacer si ninguna restricción.

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“En algunos almacenes del norte de la ciudad, hubo una interpretación errónea del Decreto 186 expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá con medidas sanitarias para las siete localidades en cuarentena estricta”, dijo el funcionario.

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“Algunos almacenes interpretaron que no era permitida la distribución de artículos como preservativos o cepillos de dientes. Un malentendido que rápidamente aclaramos con almacenes de cadena y a través de Fenalco buscamos solucionar la situación para que estas grandes superficies puedan funcionar con normalidad”, explicó el secretario de Gobierno.

Estos establecimientos de comercio pueden funcionar entre las 5:00 de la mañana y las 7:59 de la noche y deben cumplir con todos los protocolos de bioseguridad necesarios para proteger la salud y la vida de la ciudadanía.

 

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