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Anuncian restricciones para vehículos durante los fines de semana en la vía al mar desde Cali

Las autoridades tomaron la decisión de aplicar una especie de pico y placa, para evitar desórdenes, especialmente, por parte de motociclistas.

258808_Operativos en la vía al mar. Foto: Alcaldía de Cali.
Operativos en la vía al mar.
Foto: Alcaldía de Cali.

Debido a los desórdenes que han protagonizado los conductores de vehículos particulares y motocicletas en la vía que conduce de Cali al mar, especialmente a la altura del KM 18, las autoridades determinaron aplicar una especie de pico y placa durante los fines de semana.

Durante el domingo 1 de agosto, aproximadamente 500 motociclistas amenazaron a los agentes de tránsito para evitar ser retirados de la vía que ocuparon mientras escuchaban música a todo volumen, provocando un trancón de más de cinco horas.

Igualmente, dos motociclistas chocaron en el sector de Terrón Colorado y murieron, tras no lograr ser atendidos rápidamente debido a que las ambulancias no alcanzaron a llegar por la congestión.

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Por medio del decreto 0541 del 2021, a partir de este domingo 8 de agosto y durante todos los fines de semana incluyendo sábado, domingo y festivos, hasta el 7 de noviembre del presente año, los carros, motos y motocarros tendrán pico y placa en el tramo comprendido entre el KM 9 y el KM 18 a partir de las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente.

“En lo corrido de este año, con corte al 31 de julio, hemos registrado 74 siniestros viales de los cuales tenemos 4 víctimas fatales, 31 lesionados y 39 daños materiales; y si vemos el comportamiento de los últimos 5 años las cifras nos arrojan 32 personas fallecidas solo en este sector entre el kilómetro 18 y La Portada, personas que nunca regresaron con sus familias”, confirmó el secretario de Movilidad William Vallejo.

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De esta forma y en las siguientes fechas, los vehículos cuyas placas terminen en los siguientes dígitos, podrán transitar por el sector:

  • Agosto 08: 2,4,6,8,0
  • Agosto 14: 1,3,5,7,9
  • Agosto 15: 2,4,6,8,0
  • Agosto 16: 1,3,5,7,9
  • Agosto 21: 2,4,6,8,0
  • Agosto 22: 1,3,5,7,9
  • Agosto 28: 2,4,6,8,0
  • Agosto 29: 1,3,5,7,9
  • Septiembre 04 2,4,6,8,0
  • Septiembre 05 1,3,5,7,9
  • Septiembre: 11 2,4,6,8,0
  • Septiembre: 12 1,3,5,7,9
  • Septiembre: 18 2,4,6,8,0
  • Septiembre: 19 1,3,5,7,9
  • Septiembre: 25 2,4,6,8,0
  • Septiembre: 26 1,3,5,7,9
  • Octubre 02: 2,4,6,8,0
  • Octubre 03: 1,3,5,7,9
  • Octubre 09: 2,4,6,8,0
  • Octubre 10: 1,3,5,7,9
  • Octubre 16: 2,4,6,8,0
  • Octubre 17: 1,3,5,7,9
  • Octubre 18: 2,4,6,8,0
  • Octubre 23: 1,3,5,7,9
  • Octubre 24: 2,4,6,8,0
  • Octubre 30: 1,3,5,7,9
  • Octubre 31: 2,4,6,8,0
  • Noviembre: 1 1,3,5,7,9
  • Noviembre: 6 2,4,6,8,0
  • Noviembre: 7 1,3,5,7,9

La medida aplica para los vehículos que transitan en sentido de Cali hacia Dagua. Igualmente, el decreto contempla excepciones como:

  • Personas que vivan en sectores a los que se accedan por medio del tramo restringido.
  • Organismos de socorro y misiones médicas.
  • Autoridades públicas de seguridad y personas de vigilancia privada.
  • Desplazamiento por fuerza mayor o caso fortuito, vehículos funerarios.
  • Personal de empresas que adelantan sus procesos 24/7.
  • Los operativos se adelantarán por parte de la Policía, personal de la secretaría de movilidad y de seguridad.
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