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“El impuesto predial no se puede cobrar por más del 100% al año anterior”: MinHacienda

El Ministerio de Hacienda le entregó las competencias al Dane.

326242_BLU Radio, impuesto predial en Bucaramanga / foto Blu Radio
BLU Radio, impuesto predial en Bucaramanga / foto Blu Radio

En una carta remitida a la presidencia del Concejo de Bucaramanga, el Ministerio de Hacienda les respondió a los cabildantes que el impuesto predial, según el artículo 6 de la Ley 44 de 1990, no se puede cobrar por más del 100% del “año inmediatamente anterior”.

 

En la misiva, el Ministerio de Hacienda también responde que, quien debe definir si el avalúo catastral corresponde o no la realidad es el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane.

 

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Lea también: Empresarios piden revisión del avaluó catastral por aumento de impuesto en Bucaramanga

 

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“En estos casos es el presidente de la República y el Dane son los que definen el aplazamiento de la vigencia de la actualización catastral  (…) En nuestra opinión debe hacerse antes de que empiece a regir y no en el momento en que ya está en vigencia”, dice la carta.

 

Wilson Mora, presidente del Concejo, y quien le pidió al Ministerio de Hacienda que postergara la actualización catastral, aseguró que el impacto del avalúo no se socializo con los bumangueses.

 

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