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Medida de aseguramiento a agente de tránsito que imponía multas en horas de descanso

El abogado defensor, John Alberto Franco, presenta la apelación de la medida de aseguramiento que resolverá este sábado la juez del caso.

298595_Agente de Tránsito Floridablanca Ruby Barcenas / foto: BLU Radio
Agente de Tránsito Floridablanca Ruby Barcenas / foto: BLU Radio

La juez segunda municipal de Bucaramanga con función de control de garantías, Diana Carolina Alvarado, dictó medida de aseguramiento restrictiva de la libertad en establecimiento de reclusión a Ruby Bárcenas, la agente de tránsito de Floridablanca, Santander, que imponía partes por fotomultas en sus horas de descanso.

Según la juez, la funcionaria no podía habilitar esas órdenes de comparendo con su firma electrónica porque no acompañó el vehículo de las fotodetecciones.

El ente acusador buscará imputarle a Ruby Bárcenas los delitos de falsedad ideológica en documento público y abuso de autoridad.

La agente Bárcenas Pedraza, más conocida como ‘La Piña’, validó las fotomultas entre la noche del domingo 16 y la madrugada del lunes 17 de agosto.

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Para el abogado John Alberto Franco, defensor de la alférez, ella sí podía habilitar esos comparendos porque estaba entre sus funciones de ese domingo 16.

Esa tesis la acogió la Procuraduría, que pidió a la Juez abstenerse de imponer medida de aseguramiento al considerar que

"no hubo falsedad ideológica".

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Pero, tanto la Fiscalía como la juez, consideraron que sí hubo irregularidad porque la resolución 406 de 2017 de la DTF señalaba que un agente de tránsito debía ir adelante del vehículo de las fotodetecciones y el mismo día validar o invalidar las órdenes de comparendo con base en la revisión del registro fotográfico.

Cabe señalar que, para la época de los hechos, 14 y 15 de agosto de 2015, Bárcenas estaba asignada por Dirección de Tránsito de Floridablanca para asistir en los accidentes de tránsito que se presentaran durante sus turnos, sin embargo, ella validó las fotomultas entre la noche del domingo 16 y la madrugada del lunes 17 de agosto de 2015.

En consecuencia, se ordenó la reclusión de la agente de tránsito "para proteger la fe pública", es decir, las pruebas allegadas y las que vengan, ya que la pena del delito supera los 4 años y Bárcenas Pedraza "constituye peligro de obstrucción de la justicia".

La falsedad ideológica en documento público en concurso homogéneo y sucesivo establece una pena mínima de 4 años y máxima de 24 años de prisión.

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