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Por tutela, Carlos Román retornaría a la Alcaldía de Girón tras destitución por doble militancia

Tras la destitución de Carlos Román como alcalde de Girón, Santander, en diciembre de 2020, fue elegida alcaldesa Yulia Rodríguez.

374728_BLU Radio: Carlos Román- Alcalde de Girón / Foto: Suministrada
BLU Radio: Carlos Román- Alcalde de Girón / Foto: Suministrada

Carlos Román, quien fue destituido en diciembre de 2020 como alcalde del municipio de Girón, Santander, podría llegar nuevamente a la administración, luego de un fallo de la Sección Tercera del Consejo de Estado que dejó sin efectos la sentencia que declaró nula su elección por doble militancia por apoyar a la candidata Ángela Hernández quien aspiraba a la Gobernación de Santander y no al candidato de su partido.

Sin embargo, según el fallo, la sentencia del 3 de diciembre de 2020 proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado realizó una indebida valoración de las pruebas porque no tuvo en cuenta que Román Ochoa había presentado su renuncia al partido verde y su aspiración a la alcaldía fue a través de una coalición.

“En el expediente de nulidad electoral se encuentra demostrado que el actor presentó renuncia como militante e integrante del partido Verde, el 20 de junio de 2018, y fue aceptada por el referido partido en esa misma fecha”, explica la sección Quinta del Consejo de Estado en el fallo.

Y agrega, “en la inscripción de la candidatura del accionante se generó como miembro de una coalición de partidos, sin que el aval concedido implicara su pertenencia a ninguno de ellos. Pero, en el formato de inscripción como candidato se debía indicar su filiación política”.

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En la decisión la Sección Tercera del Consejo de Estado le ordena a la Sección Quinta de esta alta corte que, dentro de los 10 días siguientes a la notificación, profiera una nueva decisión, en la cual, atienda a lo expresado en el fallo.

Igualmente, resolvió revocar el fallo de tutela de primera instancia del 20 de mayo de 2021, en el cual la Sección Cuarta del Consejo de Estado negó amparar el derecho al debido proceso solicitado por el exalcalde Carlos Alberto Román Ochoa.

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Este es el fallo de la Sección Tercera del Consejo de Estado:

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