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Colombia pedirá que se anule fallo que le exige pagar millonaria suma a Glencore

El laudo del Ciadi le ordena al Estado colombiano pagar 19,1 millones de dólares a la empresa debido a una sanción impuesta por la Contraloría General.

346625_BLU Radio// Glencore - Prodeco // Foto: Glencore
BLU Radio// Glencore - Prodeco // Foto: Glencore

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado considera que el laudo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), que le ordena a la Nación el pago de 19,1 millones de dólares en favor de Glencore – Prodeco, no tuvo en cuenta importantes pruebas que demostrarían el cuestionado proceder de dicha compañía.

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“Para la Agencia, el Tribunal quebrantó de manera grave varias normas de procedimiento al desconocer pruebas relacionadas con las actuaciones engañosas de Glencore - Prodeco para obtener el Otrosí No. 8 en beneficio propio y en detrimento de la Nación”, consideró la agencia.

Asimismo, según la defensa jurídica del Estado, el Tribunal inadmitió documentos que demostraban actuaciones indebidas de Glencore- Prodeco,

que, si se hubieran tenido en cuenta, el resultado del laudo habría sido diferente”.

Lea también: No es una derrota: Camilo Gómez sobre USD19 millones del Estado a Glencore y Prodeco

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La entidad menciona que Glencore interpuso una demanda hace tres años contra el Estado argumentando una violación al acuerdo bilateral de protección y promoción de la inversión extranjera, actuación que tuvo en cuenta la Contraloría.

“Para el Tribunal Arbitral, la medida adoptada por la Contraloría se realizó con estricto apego a la ley y al debido proceso. Sin embargo, desconoció las pruebas presentadas por Colombia que demostraban maniobras engañosas utilizadas por Glencore - Prodeco para modificar a su favor el sistema de cálculo de regalías”, indicó en un comunicado la agencia.

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El comunicado de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado finaliza diciendo que respeta y reconoce las facultades del tribunal, pero que es necesario que se tenga en cuenta todo el material probatorio, porque el procedimiento aplicado significa una violación al debido proceso.

“La decisión del Tribunal de inadmitir ciertas pruebas obtenidas por Colombia que demostraban la ilegalidad en la suscripción del Otrosí No. 8, sin embargo, implicó la violación del derecho al debido proceso de Colombia, como Estado demandado, lo que justifica la anulación del laudo”, finaliza la comunicación.

 

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