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Cuentas de ahorros personales con saldo menor a $36.050.000 no se pueden embargar

Este límite es una protección que otorga la ley desde hace varios años y cuyo monto se actualizó el 1 de octubre pasado.

BLU Radio. Tarjetas de Crédito // Foto: AFP
BLU Radio. Tarjetas de Crédito // Foto: AFP
La Superintendencia Financiera de Colombia definió los nuevos límites sobre los que se aplicarían

los beneficios de inembargabilidad en las cuentas de ahorro.

Vea también: Ahorro de afiliados a fondos de pensiones alcanzó histórica cifra

“Independientemente de la naturaleza y el origen de esos recursos, los saldos que se encuentren en cuentas de ahorro de personas naturales, por así considerarlo la ley como un beneficio, hasta por 36.050.000 pesos. Ese es el límite que no es embargable”, explicó Jorge Castaño, superintendente financiero.

Sin embargo, advirtió que existen ciertas excepciones. “Aun siendo el recurso inembargable por regla general, se puede embargar para unos casos en concreto. Por ejemplo: alimentos, pago de impuestos. Hay unas particularidades específicas”, agregó.

Este límite de 36 millones de pesos es una protección que otorga la ley desde hace varios años y cuyo monto se actualizó el 1 de octubre pasado, pues el límite anterior era de 34.878.178 pesos.

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