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Desde el 1 de diciembre se podría cotizar por debajo del salario mínimo

El Ministerio de Trabajo destapó sus cartas sobre el piso mínimo de protección social, una de las grandes peticiones de los gremios.

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A partir del 1 de diciembre de 2020, una empresa podría contratarlo por menos de un salario mínimo y tenerlo afiliado al sistema de seguridad social, de acuerdo con un proyecto de decreto del Ministerio del Trabajo, que reglamenta el piso mínimo de protección social.

Esta propuesta fue aprobada por primera vez en el Plan de Desarrollo y su puesta en marcha es una de las principales peticiones de los gremios, quienes creen que se puede ayudar a formalizar a quienes trabajan solo unos días a la semana o a tiempo parcial.

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¿Cómo funciona esto?

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Las personas van a permanecer en el Sisbén, pero ahora tendrán un seguro contra riesgos laborales (como accidentes, por ejemplo) y un ahorro en los Beneficios Económicos Periódicos.

El empleado tendrá, literalmente, una cuenta de ahorros de BEPS en Colpensiones, al final de su vida laboral el Gobierno le dará un 20% adicional sobre lo que tenga ahorrado. Con esa plata le van a hacer un pago cada dos meses como apoyo en su vejez, el cual no se considera como una pensión ya que puede ser inferior al salario mínimo.

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Su empresa deberá afiliarlo a los BEPS, calcular el 15% de lo que le pagan al mes y entregar ese dinero al sistema sin descontarle nada. Con ese pago su empresa ya no tendrá que afiliarlo al sistema de salud. Sin embargo, tiene la obligación de pagar las demás prestaciones sociales como vacaciones, primas y cesantías.

 

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