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No habrá ninguna expropiación de ahorros de pensiones: presidente Colpensiones

Juan Miguel Villa negó que el artículo 117 del Plan de Desarrollo vaya a quitar el derecho a la devolución de ahorros a quienes no cumplan requisitos para pensionarse.

329359_Foto: Blu Radio - Colpensiones / Blu Radio
Foto: Blu Radio - Colpensiones / Blu Radio

El gerente de Colpensiones, Juan Miguel Villa, explicó en Mañanas BLU los cambios en ahorros pensionales que tendrán los colombianos y se pronunció frente a las denuncias de la senadora Angélica Lozano en el sentido de que, supuestamente, los colombianos que no alcancen a completar las semanas de cotización podrían perder lo ahorrado. 

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“Lo que estamos proponiendo en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) son dos cosas básicas: primero, que la gente reconozca que existe un beneficio constitucional que se llama ‘beneficio económico periódico’. Lo otro es que cuando la gente decide no retirar su dinero, todo, de golpe, de una sola vez en un solo día para gastárselo en muy poco tiempo, la persona pueda optar por ese beneficio periódico y recibir un premio del 20 % sobre lo aportado”, sostuvo Villa. 

“Lo que queremos es empujar a la gente a que lo haga. Eso es lo que pretende este artículo 117 del PND”, agregó. 

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El funcionario negó que los cotizantes vayan a perder sus ahorros y aseguró que no comprende lo afirmado por Lozano. 

“Es algo que no entiendo, va en contra de la Constitución y de la Ley no devolverle la plata [a los afiliados]. Así que la gente puede estar tranquila, que puede decidir absolutamente qué hacer con su aporte pensional, qué hacer con su ahorro, con sus saldos en sector privado, o con sus semanas en Colpensiones, si las quiere de regreso, las puede obtener”

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Si la persona quiere que se le devuelva la plata, se le devuelve la plata con toda libertad. No hay ninguna restricción para devolvérsela”, aclaró el gerente de Colpensiones. 

"No existe ninguna razón por la que Colpensiones o el Gobierno colombianos venga. entre comillas, a expropiar", sostuvo. 

"En Colpensiones, el sector público se llama indemnización sustitutiva, mientras que en el sector privado, en las AFP se llama devolución de saldos", aclaró. 
 
"El plazo que se está ofreciendo para que la gente se retracte, si la gente dice: 'bueno, yo me conformo con el beneficio económico periódico', tengo un plazo que en este momento en el proyecto es de diez (10) días hábiles, que son alrededor de dos semanas. Lo que le estamos diciendo es, usted puede retractarse y si no se retracta, pues nosotros endentemos que lo que quiere es un beneficio periódico, tal y como lo manifestó", declaró Villa. 

El presidente de Colpensiones también aseguró que los 10 días hábiles empiezan a contar desde el momento en que se empiezan a adelantar las gestiones para la pensión.

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"El disparador de esto es que la gente cumpla la edad de retiro, supere los 57 años la mujer, supere los 62 años los hombres y que se acerque a una oficina de Colpensiones, y tiene que a nosotros firmarnos cuál es la decisión que ha tomado", aclaró. 

Escuche completa esta entrevista: 
 

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