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AMI pide a Corte Suprema proteger secreto profesional de periodistas

La posición de la Asociación se da recordando los derechos de libre expresión y reserva de las fuentes.

247862_BLU Radio. Foto referencia: www.cortesuprema.gov.co/corte/
BLU Radio. Foto referencia: www.cortesuprema.gov.co/corte/

A través de un comunicado de prensa, la Asociación Colombiana de Medios de Información, AMI, se pronunció frente a una decisión de la Corte Suprema de Justicia que estaría afectando el secreto profesional y el derecho a la reserva de la fuente periodística, luego de que Publicaciones Semana, invocara estos derechos en la publicación de un artículo.

 

El documento señala: “Registramos con la mayor preocupación que la Corte Suprema de Justicia haya decidido no amparar el derecho a la reserva de la fuente y al secreto profesional invocado por Publicaciones Semana, a propósito de una prueba decretada en tal sentido por el Tribunal Superior de Bogotá dentro de un proceso por supuesta responsabilidad civil extracontractual frente a un particular mencionado en una nota periodística”.

 

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Como imperiosa, se calificó la intervención de la Corte Suprema para tutelar el interés jurídico en cuestión, señalando que estaría ante el “sometimiento del periodismo colombiano a la revelación de fuentes y soportes, creando así un antecedente nefasto e imperdonable en relación con el principio de inviolabilidad del secreto profesional consagrado en el artículo 74 de la Constitución Política Colombiana, expresado en la reserva de la fuente y los soportes de una investigación periodística como elementos de la esencia para el ejercicio del periodismo profesional en este país”.

 

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La postura de la AMI, recordó que la consecuencia de la naturaleza que prevalece de la libertad de prensa es originada en protección de varias presunciones constitucionales: “la de cobertura de toda expresión por el ámbito de protección constitucional, la sospecha de inconstitucionalidad de toda limitación de la libertad de expresión, la presunción de primacía de la libertad de expresión sobre otros derechos, valores o intereses constitucionales con los cuales pueda llegar a entrar en conflicto y la presunción de que los controles al contenido de las expresiones constituyen censura”.

 

Concluyó rechazando lo sucedido, indicando que no es procedente para asegurar el libre flujo de la información, la independencia y la libertad de los periodistas y el derecho de la sociedad a estar adecuadamente informada.

 

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 “El muy infortunado precedente que estaría sentando esta jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia no puede hacer carrera en Colombia”.

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