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Corte Constitucional se abstuvo de regular POT para avalar sitios de prostitución

Los magistrados del alto tribunal analizaron la tutela presentada por la propietaria de un prostíbulo en el municipio de Chinácota.

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BLU Radio, Prostitución referencia / Foto: AFP

La Sala Plena de la Corte Constitucional negó la tutela que pretendía garantizar el funcionamiento de establecimientos para ejercer la prostitución en las zonas de tolerancia demarcadas en los Planes de Ordenamiento Territorial de los municipios.

Los magistrados del alto tribunal analizaron la tutela presentada por la propietaria de un prostíbulo en el municipio de Chinácota, Norte de Santander, quien alegaba que le cerraron su negocio arbitrariamente su establecimiento afectando sus derechos fundamentales.

Fuentes del alto tribunal advirtieron que, tras estudiar los argumentos de la tutela y escuchar a distintos sectores en este tema, el cierre de

este establecimiento no configuró una afectación a las actividades sexuales practicadas por varias mujeres del municipio.

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Aunque la Corte negó la tutela al no encontrar que estaba representando a las trabajadoras sexuales de ese sitio en Chinácota, dejó claro que la ausencia de regulación de una zona de tolerancia no implica la prohibición de ese tipo de actividades.

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Incluso, el alto tribunal advirtió que el cierre de la taberna Barlovento de Chinácota, no tuvo que ver con la prostitución sino porque la Alcaldía demostró que no cumplía los requisitos del uso de suelo para funcionamiento.

Para la Corte quedó demostrado que la tutela fue presentada para beneficio propio de la señora Nelcy Delgado quien es dueña del establecimiento advirtiendo que el cierre no afectaba sus ingresos económicos.

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Lo que trascendió es que la Corte Constitucional tuvo intenciones de sentar jurisprudencia sobre la normatividad para que en los POT reglamente las zonas donde se puedan ejercer la prostitución, sin embargo, en la tutela no hubo argumentos para profundizar en este tema y terminó con una votación de 7 a 1 negando simplemente los derechos amparados en la tutela.
 

 

 

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