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Estado tendrá que pagar $500 millones a campesino afectado por glifosato hace 10 años

El caso se registró Guapi, Cauca. El dinero compensará lo que el labriego perdió en semillas, preparación del terreno, riego, cuidado y venta del producto.

322556_Blu Radio // Glifosato - Aspersión aérea // Foto: AFP
Blu Radio // Glifosato - Aspersión aérea // Foto: AFP

El Consejo de Estado dejó en firme la decisión que había proferido el Tribunal Administrativo del Cauca, que ordenó el pago de más de 500 millones de pesos a un campesino, a quien le afectaron sus cultivos por la fumigación con glifosato en zona rural de Guapi.
 
De acuerdo con el fallo, la responsabilidad de la Nación, a través de la Policía Nacional, se dio porque en el marco de los programas de aspersiones aéreas contra los cultivos ilícitos de la zona, terminaron con dañar los plantíos de las fincas que estaban alrededor.
 
“Es evidente la afectación de los cultivos como consecuencia de la aspersión aérea con glifosato, le causó al demandante una pérdida económica, porque tuvo que invertir en la compra de semilla, en la preparación del terreno, en el riego, cuidado y venta del producto final”, señaló el fallo.

El tribunal administrativo acudió a jurisprudencia que se había impartido en otros fallos y recordó que la responsabilidad del Estado en estos casos está dada porque “la fumigación aérea con glifosato es una actividad que engendra un riesgo para el ambiente por lo cual el Estado le asiste un deber de guarda material sobre este tipo de sustancias que opera”.

Vea también: Corte citó a audiencia pública para analizar fumigación aérea con glifosato

Los hechos se presentaron entre los años 2008 y 2009, cuando se desarrollaban actividades de erradicación de cultvos ilícitos por parte de la Policía Nacional en Cauca.

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Cuando se presentó la demanda ante el Tribunal, la defensa jurídica del Estado se opuso a las pretensiones, pero el Consejo de Estado encontró elementos suficientes para determinar el daño causado y la compensación económica que debe entregarse al dueño de los predios afectados.

“Cuando a pesar de cumplir la entidad los protocolos y requisitos necesarios para proceder a la fumigación por aspersión aérea de cultivos ilícitos, causa un daño por cuenta de esta aspersión, el Consejo de Estado ha señalado que dado el riesgo que produce o que puede producir, es obligación del Estado reparar el daño causado”, agregó el Consejo de Estado.
 
 
 
 
 

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