Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Gobierno empezó a cumplir órdenes de Corte Suprema en fallo sobre protestas

Sin embargo, el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, aún no ha pedido perdón, como lo ordenó el alto tribunal en el punto 4 de la sentencia.

335771_BLU Radio // Corte Suprema // Foto: Rama Judicial
BLU Radio // Corte Suprema // Foto: Rama Judicial

El Gobierno cumplió una de las órdenes de la Corte Suprema de Justicia en el fallo sobre protestas en el que le dio 14 directivas puntuales.

La administración Duque empezó con la publicación en la página web de la Presidencia de la República de la sentencia completa 7641 de 2020 emitida por la Sala de Casación Civil de la Corte y Ministerio de Defensa lo hizo este jueves en sus redes sociales.

“En cumplimiento a la sentencia de tutela STC7641 del 22 de septiembre de 2020, con número de radicación 11001-22-03-000-2019-02527-02, @mindefensa publica el contenido completo y legible de este pronunciamiento, así como sus salvamentos de voto

Publicidad

Sin embargo, el ministro de Defensa,Carlos Holmes Trujillo, aún no ha pedido perdón, como lo ordenó el alto tribunal en el punto 4 de la sentencia.

En una sentencia de 170 páginas en el cual dos magistrados salvaron su voto, la Sala Civil de la Corte falló una tutela (recurso de amparo) de 49 ciudadanos y movimientos que consideraron que el Gobierno y el Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía (Esmad) se excedieron durante las manifestaciones de noviembre pasado, lo que amenaza su derecho a manifestarse.

Publicidad

Estas son las órdenes que el tribunal da al Gobierno:

- Gobierno y fuerza pública deben abstenerse de incurrir en actos que vulneren la garantía de la protesta social.
- La Presidencia, MinDefensa y Policía tendrán que publicar el fallo en internet, mientras que el Congreso legisle al respecto.
- El ministro de Defensa tiene dos días para pedir perdón por los excesos.
- El Defensor del Pueblo debe controlar todas las actuaciones del Esmad.
- Suspensión del uso de escopetas calibre 12 por parte del Esmad.

- El Gobierno tiene 30 días para expedir un acto administrativo que llame a los funcionarios a mantener neutralidad frente a las movilizaciones. Conformación de una mesa de trabajo con tutelantes para reformular directrices sobre uso de la fuerza en protestas.
- Gobierno debe expedir en un plazo de 60 días una normatividad que abarque lo dispuesto por la Corte Constitucional, La Corte Interamericana de Derechos Humanos o la ONU al respecto.
- Realización de un “Estatuto de Reacción Uso y Verificación de la Fuerza Legítima el Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana”, el cual debe plantear el uso de la fuerza como excepcional para proteger y controlar a civiles. Además, miembros de la fuerza pública deben recibir instrucción en derechos humanos.
- Las acciones de la fuerza pública durante las protestas solo pueden dedicarse al restablecimiento del orden.

- Uso de la fuerza solo puede ser proporcional de acuerdo con la gravedad de la amenaza que tenga el funcionario.
- Formulación e implementación de “Protocolo de acciones posteriores”, para verificar lo dispuesto. Agentes tienen seis meses para explicar sus actuaciones.
- Policía, Fiscalía y Procuraduría tienen 30 días para expedir protocolo que permita a las ciudadanos y organizaciones defensoras de derechos humanos y entidades vinculadas a las Naciones Unidas, realizar verificaciones en casos de capturas y traslado de personas, durante el desarrollo de cualquier clase de mitin, reunión o acto de protestas.
- La Fiscalía, Policía y Procuraduría tienen 30 días para expedir un protocolo que permita verificar capturas y traslados a estaciones de Policía durante protestas a organizaciones defensoras de derechos humanos y entidades vinculadas a las Naciones Unidas.

  • Publicidad