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Justicia española autorizó la extradición a Colombia del empresario Carlos Mattos

Es investigado por el pago de sobornos a funcionarios judiciales para ganar un pleito a la multinacional surcoreana Hyundai.

308324_BLU Radio // Carlos Mattos // Foto: empresariocarlosmattos.wordpress.com
BLU Radio // Carlos Mattos // Foto: empresariocarlosmattos.wordpress.com

La Audiencia Nacional española autorizó este jueves la extradición hacia Colombia del empresario Carlos Mattos, investigado por el pago de sobornos a funcionarios judiciales para ganar un pleito a la multinacional surcoreana Hyundai.

Los magistrados "consideran que se cumplen todos los requisitos para proceder a la entrega del reclamado", señaló en un comunicado el alto tribunal de Madrid.

Mattos, que se había refugiado en abril de 2018 en España alegando un delicado estado de salud, puede recurrir la decisión que, en cualquier caso, debe ser ratificada por el gobierno español antes de ejecutarse.

La fiscalía colombiana solicitó en octubre de 2018 la extradición del empresario por presuntamente ofrecer pagos a funcionarios de la rama judicial para conseguir que un multimillonario pleito fuera asignado a un juez a quien también habría sobornado previamente.

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El caso corresponde a una demanda de Hyundai Colombia (de la cual Mattos era el mayor accionista) contra la coreana Hyundai Motor Company para impedir que la multinacional comercializara automóviles y repuestos con empresas distintas a la suya.

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Según la documentación judicial tramitada por la Fiscalía colombiana, el soborno se elevaría a 200 millones de pesos (unos 54.000 dólares).

En el auto de la Audiencia Nacional, los jueces argumentan que los hechos por los que Mattos está acusado están tipificados también como delito en España, una condición necesaria para autorizar la extradición.

Además, desestiman las razones alegadas por la defensa como el hecho de tener nacionalidad española y domicilio fijo en el país o sus problemas de salud que, según los magistrados, "ni obstan a la realización del viaje, ni consta que no puedan ser tratados fuera de Madrid".

Aun así, el auto establece que "habrá de ser comprobado el estado de salud del reclamado en el momento de realizarse la entrega (...) para valorar su estado clínico en el momento del desplazamiento".

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