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Las respuestas que tendría la Corte a las objeciones del fiscal sobre la JEP

La Corte Constitucional tendría respuestas puntuales sobre las objeciones que hizo el fiscal Néstor Humberto Martínez a la Ley Estatutaria de la JEP.

326469_BLU Radio, Fiscal Nestor Humberto Martínez / Foto: AFP
BLU Radio, Fiscal Nestor Humberto Martínez / Foto: AFP
FEDERICO BARON/AFP

BLU Radio conoció que la Corte Constitucional advertiría que algunas afirmaciones del fiscal Néstor Humberto Martínez serían cuestiones de interpretación y que el alto tribunal no puede dejar pasar.

Por ejemplo, la Corte no estaría de acuerdo con críticas relacionadas con la actividad de los reinsertados de las Farc relacionadas con el narcotráfico.

En este aspecto el fiscal dijo que ese tipo de conductas serán conocidas por la JEP y no por la justicia ordinaria, pero la Corte le advertía que en ese tema no señaló la competencia sobre delitos de narcotráfico cometidos después de la firma del acuerdo, pero sí estaría claro que quienes cometan actividades de narcotráfico con posterioridad a la firma sí tiene consecuencias jurídicas como estuvo señalado en la sentencia C-674 de 2017.

Si bien el fiscal se refirió al inciso 2 del artículo 5 transitorio del artículo 1 del Acto Legislativo 01 de 2017, este no se refiere a la comisión de cualquier conducta de narcotráfico,

sino es sobre el tratamiento especial que se otorgará a pequeños cultivadores.

Vea también:¿Qué pasaría si Duque objeta la Ley Estatutaria de la JEP?

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En Sala Plena de la Corte Constitucional se pondrán en discusión aspectos que el fiscal cuestiona, entre ellos, la pérdida de beneficios en la JEP de quienes reinciden en actividades delictivas, pero que no serán excluidos de este tribunal.

El alto tribunal consideraría errada esa observación y reiteraría que en la Ley Estatutaria se dejó claro que quienes colaboren con la verdad y reparación a víctimas serán acreedores a los mayores beneficios en la JEP, pero entre más grave sea el incumplimiento de los compromisos, mayor será la pérdida de beneficios y así quedó estipulado en la sentencia C-080 de 2018.

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De igual forma, la Corte será enfática en advertir que “la deserción” quedó estipulado como el incumplimiento más grave a los acuerdos.

No obstante, otros incumplimientos que no implican la deserción no generarían exclusión de la jurisdicción Especial, pero si tendrá consecuencias contempladas en los estatutos de ese tribunal especial.

La Corte también haría contrapesos a cuestionamientos sobre las supuestas faltas de competencias frente a delitos que cometieron quienes se hayan sometido a la JEP, dejando maniatada a la Fiscalía.

En este aspecto se advertiría que la suspensión de ciertas actuaciones de la Fiscalía no implicaría que se queden a la deriva porque serán competencia de la JEP.

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Es decir, cuando la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad anuncie sus conclusiones sobre un proceso o caso, la Fiscalía efectivamente no seguirá adelantando determinadas actuaciones de indagación e investigación.

Esto no quiere decir que no se desarrolle porque la Corte en su sentencia dejó claro que la Sala de Reconocimiento lo hará como se viene haciendo con otros casos como altos mandos militares y miembros de las Farc.

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Asimismo, la Corte Constitucional le dejaría claro al fiscal Martínez que,

frente a la imputación de delitos más graves a los máximos responsables, no querrá decir que los que no los sean vayan a recibir una amnistía.

Vea también: Pulso político en el Congreso por sanción de ley estatutaria de la JEP

Incluso, en la sentencia se advirtió que en estos casos recibirán distintos tratamientos (que van desde la renuncia condicionada a la persecución penal, pero bajo compromisos certificados, hasta sanciones de restricción de libertad que irán desde los 2 a 5 años).

Lo que trascendió es que la Corte Constitucional ha dicho que lo más adecuado es hacer uso de la selección de casos para que haya efectividad en las investigaciones.

Frente a los cuestionamientos del fiscal, se advertirá que quienes hayan tenido responsabilidad en los crímenes no amnistiables recibirán beneficios condicionados al cumplimiento de reparación de las víctimas.

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Por lo que no se trataría de una concesión de beneficios sin límites, sino de una política encaminada a buscar la verdad, justicia y reparación en el marco de la consolidación de una paz estable.

BLU Radio estableció que estos, entre varios comentarios, serán discutidos en la Sala Plena de la Corte Constitucional este miércoles por parte de los magistrados ante las objeciones del fiscal.

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