Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Primera derrota de Gustavo Petro en la Corte IDH

Corte Interamericana de Derechos Humanos no aceptó medidas cautelares pedidas por Petro en demanda por su destitución como alcalde de Bogotá

321487_Blu Radio // Gustavo Petro // Foto: AFP
Blu Radio // Gustavo Petro // Foto: AFP

Una decisión muy importante tomó en las últimas horas la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el proceso de la demanda que entabló el senador Gustavo Petro contra el Estado colombiano por la destitución que dictó en su contra el entonces procurador Alejandro Ordoñez, por las supuestas irregularidades en el modelo de recolección de basuras que implementó siendo alcalde de Bogotá y por las multas que le impuso la Contraloría de la ciudad, entre otros, por los cambios en el modelo de tarifas de TransMilenio.

BLU Radio conoció el auto de la Corte, con fecha del pasado 6 de febrero, en el que niega las medidas cautelares que Petro pretendía. 

En la sustentación de la demanda, el senador afirmaba que su curul en el Congreso estaba en riesgo, frente a lo cual la Corte consideró que al exalcalde le quedan dos recursos judiciales más en Colombia y que no hay ningún proceso en su contra buscando tal destitución.

"Es decir, el tribunal no ha sido informado si alguna de las decisiones adoptadas o alguno de los procedimientos instituidos en este momento en su contra tiene la virtualidad de generar su destitución, pues no consta que ésta pueda ser oficiosamente ordenada o que sea un efecto automático de tales decisiones. Además, en este momento no existe investigación alguna, ni proceso penal en curso, en su contra por el delito de elección ilícita de candidatos, situación que, por otra parte, no correspondería al caso en estudio por haber sido objeto de designación y no por elección popular", dice.

Publicidad

"La Corte considera que, por el momento, no ha sido demostrada la configuración de los elementos de extrema gravedad y urgencia que permitirían considerar la necesidad de ordenar medidas provisionales en los términos del artículo 63.2 de la Convención, por lo que la solicitud de medidas provisionales debe ser desestimada", puntualiza la decisión.

Al respecto Camilo Gómez, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, dijo que para Colombia, bajo ningún motivo, puede aceptar el argumento que hay una alianza de todas las ramas del poder público con el fin de buscar la muerte política del senador.

Publicidad


“Colombia tiene que defender esos principios democráticos. (…) Cuando hay una decisión que a Gustavo Petro no le gusta configura la teoría de la actuación con el objetivo de darle muerte política”, dijo.

Gómez aclaró que con la decisión  no se está dirimiendo el asunto de fondo, pero - dijo - "es un paso de apoyo a la legalidad en Colombia".

“Es un paso de apoyo de la legalidad en Colombia. En Colombia todo funcionario que se posesiona está obligado a cumplir las leyes colombianas y esas leyes dicen que un funcionario cuando se sale de la parte fiscal y disciplinaria puede ser sancionado”, puntualizó. 

Publicidad

Este es el documento de la Corte:

Publicidad

 

  • Publicidad