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MinAmbiente da revés con artículo en Plan de Desarrollo sobre protección de páramos

El Ministerio de Ambiente respondió a las críticas de la Contraloría por la exclusión de un artículo que protegía estos ecosistemas.

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Foto: Blu Radio - Paramo / Min Ambiente

La ley 1753 de 2015, que desarrolló las líneas generales del Plan Nacional de Desarrollo del 2014 al 2018, le dedicó un artículo completo a definir y establecer de manera precisa la debida protección a los ecosistemas de páramo del país. 

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En las áreas delimitadas como páramos no se podrán adelantar actividades agropecuarias ni de exploración o explotación de recursos naturales no renovables, ni construcción de refinerías de hidrocarburos”, dice el texto de la ley.

Y agrega que las autoridades ambientales regionales deben delimitar el área de los páramos de acuerdo con los criterios del Instituto Von Humboldt y de las actividades sociales, económicas y ambientales de las poblaciones cercanas. 

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Lo importante del artículo es que prohíbe de manera tajante la explotación de recursos naturales y la construcción de refinerías de petróleo. Luego, la ley 1930 de 2018 estableció toda la normatividad para la conservación de los páramos y la protección de estos ecosistemas. En el artículo cinco de esa ley se prohíbe la explotación y exploración de hidrocarburos, pero en ninguna parte del documento se prohíbe específicamente la exploración o explotación de recursos naturales, algo que sí estaba claramente definido en la ley 1753. 

El documento del Plan Nacional de Desarrollo pidió derogar el artículo de esa ley que resolvió proteger los páramos contra las actividades de usufructo a partir de los recursos naturales, pero la Contraloría General hizo un examen en detalle del Plan y le envió al Congreso una presentación con sus cuestionamientos en los objetivos del documento clave para la política del Gobierno hasta el 2022. 

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Una de las críticas fue precisamente la solicitud de derogación del artículo 173 de la Ley del 2015. El documento de la Contraloría enviado al Congreso hizo pública la preocupación: Se deroga el artículo 173 de la Ley 1753 de 2015 (artículo 183 del proyecto de ley) con lo cual se elimina la protección y delimitación de páramos para adelantar actividades de exploración y explotación de recursos naturales, se lee en el texto del ente de control.

El Ministerio de Ambiente respondió y dijo que consideraba que la ley 1930 del 2018 era suficientemente clara sobre la protección a los páramos y por eso se concertó la eliminación del artículo en la ley anterior. Pero para que no queden dudas ni suspicacia la cartera confirmó que para la ponencia en el primer debate va a solicitar la exclusión de la derogación del artículo 173, con lo que se mantendría expresa la protección a la explotación de recursos en los páramos del país.
 
 
 
 
 

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