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El abecé para ir a iglesias y cultos religiosos en Bogotá a partir del 22 de septiembre

A partir de este martes, el Distrito autorizó la reapertura de los centros religiosos en la capital del país.

Foto: Reapertura de iglesias
Foto: Reapertura de iglesias
Foto: Reapertura de iglesias

A partir del martes 22 de septiembre, el Distrito autorizó la reapertura de los centros religiosos para realizar reuniones y así seguir garantizando la libertad de culto en Bogotá en la nueva realidad.

Las entidades religiosas que deseen reabrir sus puertas al público deben adoptar los protocolos de bioseguridad en los ritos propios de su tradición y/o creencia religiosa.

Los centros religiosos deberán seguir las siguientes medidas:

  1. Capacitar a todo el personal que tendrá responsabilidades durante las celebraciones religiosas en las medidas de bioseguridad e identificación de signos y síntomas de gripa y de COVID- 19.
  2. Desinfectar todas las instalaciones en donde se adelantará el culto religioso antes de permitir el ingreso de los feligreses, además, deberán realizar la desinfección de manos y calzado en la entrada del recinto.
  3. Demarcar los puntos de ubicación de la silletería en zigzag, tanto en el piso como en las bancas o sillas y respetar el distanciamiento de 2 metros entre persona y persona. Los feligreses deben permanecer sentados durante la ceremonia.
  4. Garantizar la ventilación de los lugares de culto manteniendo puertas y ventanas abiertas.
  5. Disponer de un dispositivo de medición de temperatura que deberá permanecer en la entrada a la hora del ingreso de las personas al recinto. No se permitirá el ingreso de personas que tengan fiebre mayor o igual a 38 grados centígrados o tos.
  6. Utilizar permanentemente el tapabocas durante todas las etapas de la celebración cubriendo nariz y boca.
  7. Permanecer en el mismo lugar desde el inicio hasta finalizar la reunión.
  8. No saludar de mano, ni dar besos y tampoco dar abrazos.
  9. El uso de guantes será de carácter obligatorio para quienes abran las puertas y orienten a los fieles para que se ubiquen en los lugares señalados.
  10. Cada entidad religiosa deberá comunicarles a sus feligreses los horarios y días en que se llevarán a cabo las reuniones, así como recordar las medidas de seguridad para poder asistir.

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