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Así operará la Policía tras fallo de Consejo de Estado que permite portar dosis mínima

Las autoridades podrán incautar la dosis si el portador se encuentra en entornos escolares, parques, centro deportivos y zonas históricas.

314672_Blu Radio. Dosis mínima. Foto: Alcaldía de Bogotá
Blu Radio. Dosis mínima. Foto: Alcaldía de Bogotá

En BLU Radio conocimos cómo va a operar la Policía tras el fallo del Consejo de Estado que permite portar dosis mínima si la droga no se va a comercializar. Una de las aclaraciones importantes es que las autoridades podrán incautar dicha dosis si el portador se encuentra en entornos escolares, parques, centro deportivos, zonas históricas y de interés cultural.

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Por otro lado, los alcaldes también tienen la posibilidad de declarar las zonas públicas en donde no se puede portar dicha dosis, pero si la persona que porta el estupefaciente no está en ninguna de las zonas mencionadas, la Policía no podrá decomisar la droga, a menos que esa persona esté consumiendo y afectando los derechos de terceros o alterando el orden público.

Sobre el decomiso del estupefaciente a quienes se logre demostrar que la está usando para fines comerciales, desde la institución ya se tienen parámetros establecidos para identificar a los portadores y vendedores, como, por ejemplo, la cantidad de la droga que porta, estado físico de la persona, condiciones en su entorno y otras circunstancias.

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Hay que recordar que el decreto para el decomiso de la dosis mínima tenía 12 demandas de nulidad debido a que, en su momento, esta medida estaba despenalizada, pero tras el fallo del Consejo de Estado ahora la Policía solo podrá incautar si logran determinar que el portador de la droga la usa con fines de comercialización o está en espacios en los que no se debe tener estupefacientes.

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