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Corte archivó ley que eliminaba cobro por reconexión por mal procedimiento del Congreso

Según el alto tribunal, ante las objeciones de Presidencia, el Congreso debió presentar los recursos de insistencia ante la Corte.

285017_BLU Radio. Poste de luz // Foto: BLU Radio Bucaramanga
BLU Radio. Poste de luz // Foto: BLU Radio Bucaramanga

La Sala Plena de la Corte Constitucional archivó el proyecto de ley que eliminaba el cobro por reconexión y de instalación de los servicios públicos domiciliarios en los estratos 1,2 y 3.

Lo que trascendió de la decisión es que el Congreso no hizo el procedimiento requerido ante las objeciones que fueron formuladas por el entonces presidente de la República Juan Manuel Santos.

Según el alto tribunal, ante las objeciones de Presidencia, el Congreso debió presentar los recursos de insistencia ante la Corte para afianzar la viabilidad de la ley y controvertir los argumentos del Gobierno.

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En este caso el Congreso no hizo las insistencias dentro de los términos que establece la norma, es decir, en las dos legislaturas siguientes y por lo tanto la Corte la declaró inconstitucional.

Dentro de las objeciones que había formulado el expresidente Santos es que si se eliminaba ese cobro se desconocía el artículo 365 de la Constitución “ya que se pondría en riesgo la estabilidad financiera del sistema y, por lo tanto, la prestación eficiente de los servicios públicos, al desconocer los criterios de eficiencia económica y suficiencia financiera”.

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De igual forma, dentro de las objeciones por las cuales el Congreso no controvirtió, se advirtió que en el proyecto de Ley no se preveía “en el régimen legal tarifario, los costos operativos, técnicos y administrativos en los que incurren las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios para la suspensión, el corte, la reconexión y la reinstalación del servicio”.

Contrario a estos conceptos, la Procuraduría había advertido que debían rechazarse las objeciones del Gobierno porque la exoneración de esos pagos por reconexión no hacía “inviable la prestación de los servicios públicos domiciliarios, sino que altera los incentivos para la prestación de un servicio de calidad con el fin de materializar los fines del Estado”.

Con la decisión de la Corte Constitucional, el Congreso, si así lo estima, podría tramitar nuevamente este proyecto de ley para que surja su proceso ordinario y llegue nuevamente al alto tribunal.

 

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