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Corte Constitucional admite demanda contra el artículo 140 del Código de Policía

El artículo 140 es el que prohíbe a vendedores ambulantes estar en espacios públicos, como la Séptima Peatonal.

98383_BLU Radio. Corte Constitucional / Foto de referencia: Twitter @CConstitucional
BLU Radio. Corte Constitucional / Foto de referencia: Twitter @CConstitucional

La demanda la interpuso ante la alta corte el representante a la cámara por la Alianza Verde, Inti Asprilla. Según el congresista, el código 140 de Policía vulnera de manera grave los derechos de los vendedores ambulantes. 
 
El artículo 140 es el que prohíbe a vendedores ambulantes estar en espacios públicos, como la Séptima Peatonal. 
 
“El código establece una sanción contra los vendedores informales, multas y hasta la posibilidad de destrucción de la mercancía cuando ocupen el espacio pública en contravía de la normatividad. Ese artículo como quedo redactado es una declaración de guerra en tiempo de paz”, afirma el representante. 
 
Para el congresista, el artículo condena a los vendedores ambulantes a la miseria. Para él, los vendedores tienen derecho y en el artículo en sí viola la primera jurisprudencia de la Corte Constitucional. 
 
La demanda seguirá su curso en la Corte. Le resta la audiencia pública y por último el fallo de los magistrados a favor o en contra de la petición.
 
 

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