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Corte Constitucional negó petición de suspender impuesto solidario

El decreto del Gobierno estableció que a funcionarios públicos y pensionados de ese sector que ganen más de $10 millones mensuales les descuentan al menos 15 % de su salario.

344283_Corte Constitucional // Foto: cortesía Rama Judicial
Corte Constitucional // Foto: cortesía Rama Judicial

La Corte Constitucional negó la medida cautelar para suspender el decreto del Impuesto Solidario, como lo habían pedido varios ciudadanos.

El magistrado Carlos Bernal señaló que el solicitante perdió de vista que la razón por la cual la corte no puede decretar la suspensión provisional de los decretos de desarrollo de una emergencia es la inexistencia de una regla de competencia que se lo permita.

“No es posible derivar una nueva competencia a cargo de la Corte Constitucional por una interpretación analógica o extensiva de las competencias y facultades conferidas a los jueces ordinarios en procesos regulados por el Código General del Proceso”, dice la sentencia de la corte.

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El decreto del Gobierno estableció que a funcionarios públicos y pensionados de ese sector que ganen más de $10 millones mensuales les descuentan al menos 15 % de su salario.

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