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Corte tumbó decreto de subsidio a servicios públicos por falta de firmas de dos ministros

Las firmas faltantes en el documento son las del ministro de Salud, Fernando Ruiz, y la de la ministra de Ciencia y Tecnología, Mabel Torres.

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Servicios públicos / Foto / Referencia

La Corte Constitucional tumbó el decreto legislativo que dejaba en firme las medidas especiales para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en medio de la pandemia del COVID-19 en Colombia.

Se trata de la ley 580 del 15 de abril de 2020 que permitía el subsidio a servicios públicos por la crisis provocada por coronavirus en el país.

La norma se cayó porque el decreto no fue firmado ni por el ministro de Salud, Fernando Ruiz, ni la ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación, Mabel Torres.

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“Al proceso no llegó algún tipo de justificación que permita explicar su ausencia, incapacidad o impedimento para conocer o suscribir el entonces proyecto de decreto legislativo”, explicó la Corte.

El magistrado, Luis Guillermo Guerrero declaró inexequible el decreto porque, si bien se dictó y promulgó en desarrollo del estado de emergencia, se expidió dentro del término de vigencia y está firmado por el presidente de la República, Iván Duque.

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“Dicha norma, aun cuando lleva la firma del presidente de la República, no fue suscrita por todos los ministros del despacho, como bien puede corroborarse a partir de una simple revisión de su contenido publicado en el Diario Oficial No. 51.286 del 15 de abril de 2020”, aseguró la Corte Constitucional.

Como consecuencia, se cayeron los subsidios hasta el 31 de diciembre de este año y losmunicipios y distritos podrán asignar en favor de los suscriptores residenciales de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, subsidios máximos del 80 % para el estrato 1, 50 % para el estrato 2 y 40 % para el estrato 3.

 

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