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En dos meses, Gobierno debe implementar medidas de seguridad en Nariño

La Corte encontró qué hay un aumento significativo de cultivos ilícitos y minería ilegal, así como el incremento en los homicidios y amenazas.

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Foto: Blu Radio

 
Tras el homicidio de 7 personas al interior del Consejo Comunitario de Alto Mira y Frontera en Tumaco, Nariño, el pasado 5 de octubre, el posterior desplazamiento de la totalidad de su Junta de Gobierno, y el homicidio del líder social José Jair Cortés Godoy el 17 de octubre de 20171, la Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-025 del 2004 de la Corte Constitucional se desplazó a ese departamento para analizar la situación de orden público.
 
Luego de visitar a las comunidades y hacer un análisis de las actuaciones del Estado en materia de seguridad, la Corte constató cómo, a pesar de las órdenes dictadas al respecto, en este territorio “el riesgo frente a las distintas manifestaciones de la violencia y el desplazamiento forzado subsisten en niveles que confirman la gravedad de la crisis humanitaria que enfrentan”, situación que se agrava como consecuencia de “la precariedad institucional para atender dichos fenómenos”.

El Alto Tribunal alerta sobre el recrudecimiento de la violencia generalizada por cuenta de los enfrentamientos entre grupos armados que se disputan el territorio tras la firma del acuerdo de paz con las Farc, lo que ha generado desplazamientos y restricciones a la movilidad de las comunidades.
 
La Corte encontró qué hay un aumento significativo de cultivos ilícitos y minería ilegal, así como el incremento en los homicidios, amenazas, desplazamientos, extorsiones, secuestros; retenes ilegales, desapariciones forzadas, reclutamiento, prostitución y drogadicción de menores de edad. 
 
Por todo lo anterior, la Corte le ordena al Gobierno que en dos meses debe formular y poner en marcha un Plan urgente de reacción y contingencia que garantice la protección inmediata de las comunidades  afrodescendientes y los pueblos indígenas Awá y Eperara-Siapidaara que habitan el Pacífico Nariñense. 
 
Para ello deberá crear y coordinar una Comisión Interinstitucional de Alto Nivel, integrada por, entre otros, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, el Ministro de Justicia, el Ministro de Hacienda, el Director del Departamento Nacional de Planeación, el Comandante General de las Fuerzas Militares, el Director General de la Policía Nacional, la Directora de la Unidad para las Víctimas, el Director de la Unidad para la Restitución de Tierras, el Director de la Unidad Nacional de Protección, el Gobernador del Departamento de Nariño y los Alcaldes de los municipios de El Charco, La Tola, Olaya Herrera (Satinga), Santa Bárbara de Iscuandé, Mosquera, Barbacoas, Magüí Payán, Roberto Payán, Francisco Pizarro y Tumaco. 
 
Sobre el avance en el cumplimiento de la presente orden, el Presidente de la República (o el Vicepresidente en caso de ser delegado por el Presidente) deberá presentar un informe conjunto a la Corte Constitucional el 15 de febrero de 2018, sobre los resultados obtenidos con el Plan Urgente de Reacción y Contingencia, así como sobre los ajustes realizados para superar los obstáculos que se presenten. Este informe, además, deberá actualizarse de manera trimestral.

 

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