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Fiscal dice que Ley Estatutaria de JEP es contraproducente con política criminal

“Con el texto sometido a sanción presidencial, los delitos después del Acuerdo de Paz quedan en competencia de la JEP y no de la Fiscalía”, advirtió Martínez.

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BLU Radio, Fiscal Nestor Humberto Martínez / Foto: AFP
FEDERICO BARON/AFP

Aunque la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ya se encuentra en el escritorio del presidente Iván Duque a la espera de que la sancione, el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, le envió una carta en la que le advierte de sus consideraciones o preocupaciones sobre cuatro artículos de la ley que, dice él, son contraproducentes para la política criminal del estado.

“La Fiscalía es muy respetuosa del fuero constitucional del presidente, pero sí le pone claramente sobre la mesa al señor presidente de la República cuatro artículos cuya Sandino sería altamente inconveniente. Es inconveniente que puedan seguir narcotraficando y tengan beneficios”, sentenció el fiscal.

 

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Según Martínez, aunque los artículos salieron bien del Congreso de la República la Corte Constitucional los cambió y “dejó maniatada a la Fiscalía” en aspectos como la investigación a temas del conflicto armado.

Objeción 1:

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Los reinsertados que continúen en el narcotráfico con conductas de ejecución permanente, podrán continuar con beneficios de la JEP. No serán ni investigados ni juzgados por la justicia ordinaria. Dice el fiscal que, aunque eso se pactó en el acuerdo de paz, fue declarado inconstitucional por lo que permite que esa jurisdicción sea competente para conocer esos delitos cometidos con posterioridad al acuerdo.

Una comparación en este artículo es que permite que un reincidente en materia de cultivos ilegales pague penas no restrictivas de 2 a 5 años, mientras un campesino que cometa ese delito se expone a penas entre los 6 y los 12 años de prisión.

Objeción 2:

La reincidencia en el secuestro, narcotráfico y homicidios no implicaría pérdida de todos los beneficios del sistema de la JEP.

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Y es que para el fiscal eso es grave si se tiene en cuenta que, según cifras de la entidad, hay 361 investigaciones contra reincidentes de las Farc: 31 por porte de armas de fuego, 24 por homicidios, 22 por amenazas, 19 por Concierto para delinquir, 10 por delitos sexuales, 10 por secuestros y 8 por extorsión.

Objeción 3:

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Dice el fiscal que otro de los artículos hace que se suspendan las investigaciones de la Fiscalía por delitos relacionados con el conflicto.

Dice el fiscal que dentro de los acuerdos de paz quedó pactado que la Fiscalía sigue investigando los delitos hasta que la JEP asuma la competencia, hasta que asuma las “resoluciones de conclusiones”, lo cual aún no ha pasado.

Sin embargo, uno de los artículos dice La fiscalía no puede imponer medidas o capturas o llevar a cabo sentencias. “Eso fue lo que dijo el artículo 72 del proyecto de ley estatutaria”, dijo el fiscal.

Ese artículo fue declarado constitucional lo cual hace que La fiscalía pueda seguir investigaciones, pero no podría citar a diligencias judiciales por lo que la investigación quedaría inconclusa. “Eso es una disrupción”, dijo el fiscal.

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Objeción 4:

Impunidad en crímenes de guerra que no sean los máximos materiales. Según el fiscal, en resumidas cuentas, un artículo de esa ley estatutaria permitiría que los autores materiales de los crímenes de guerra “gocen de impunidad”.

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El artículo dice: “Aquellos que adquieran la condición de crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra de manera sistemática, los cuales podrán ser atribuidos a los máximos responsables”.

Según el fiscal, quedarían por fuera otros responsables de esos delitos que no necesariamente serían los máximos.

Preguntas del fiscal:

Por eso el fiscal formuló varias preguntas al aire sobre el tema:

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¿Habrá beneficios para los reinsertados cuando subsistan en la comisión de delitos narcotráfico, secuestro y extorsión?

¿Será posible que en el caso de los delitos de narcotráfico de ejecución continuada los reinsertados continúen con beneficios de la JEP y no se sometan a las leyes de cualquier ciudadano?

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Que si perseveran en cultivos ilícitos las penas sean de 2 a 5 años y no de 16 años con penas de prisión efectiva como a cualquier ciudadano.

¿Vamos a renunciar a la acción penal frente a los crímenes de guerra para autores materiales que no sean los máximos responsables?

¿Estamos dispuestos a dar el paso de que las investigaciones se suspendan mientras la JEP asume competencia sobre investigaciones de conflicto armado?

 

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