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Gobierno recibe llamado de atención por intentar revivir código minero

El Consejo de Estado hizo un llamado de atención al Gobierno Nacional para que se evite intentar revivir disposiciones que estaban contenidas en el Código Minero, que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.

49591_Foto referencia: AFP
Foto referencia: AFP

Así lo concluyó la Sección Tercera del Consejo de Estado en dos sentencias que declaran la nulidad de algunos artículos de decretos que fueron expedidos por el Ministerio de Minas y Energía para regulación del tema minero.

 

La Sala recordó que el Gobierno Nacional no puede interpretar, modificar o reformar las disposiciones que han sido fijadas por el legislador, mediante leyes, para imponer procedimientos administrativos que no fueron contemplados por el Congreso.

 

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Las sentencias del Consejo de Estado anularon un aparte del artículo 1 y 5 del Decreto 0935 de 9 de mayo de 2013, que exigía la suficiencia financiera del proponente como uno de los requisitos para presentar una propuesta de contrato de concesión minera. Se constató que ese artículo incluyó un requisito adicional y una causal de rechazo que tampoco estaba prevista en el Código Minero, siendo que se trata de asuntos que sólo el Congreso tiene facultad para regular y no el Gobierno Nacional a través de Decretos.   

 

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En otro fallo, el Consejo de Estado anuló el artículo 25 del Decreto 1970 de 21 de septiembre de 2012, el cual había fijado como límite el 10 de mayo de 2013 para presentar las solicitudes de legalización de minería tradicional. 

 

Se encontró que una y otra disposición establecían consecuencias dispares o diversas, por cuanto regulaban de manera diferente el término para que los interesados radicaran solicitudes de legalización de minería tradicional. Se incurrió en un exceso de potestad reglamentaria por cuanto el Gobierno Nacional fue más allá de las previsiones legales que pretendió desarrollar”, indica la sentencia.

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