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La JEP rechaza al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso

Mancuso había solicitado su sometimiento como tercero civil colaborador o financiador del paramilitarismo entre 1989 y 1997.

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Salvatore Mancuso // Foto: AFP

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó, en primera instancia, la solicitud de sometimiento del exjefe paramilitar de las AUC Salvatore Mancuso.

Aunque Mancuso solicitó su sometimiento como tercero civil colaborador o financiador del paramilitarismo entre 1989 y 1997, antes de su vinculación a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), no logró acreditarse como tal, y dice la JEP que más bien en ese lapso fue “un miembro orgánico de los nacientes grupos y, por lo tanto, excluido de la competencia constitucional de la JEP”.

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Aclara la jurisdicción que tiene competencia en casos de exparamilitares “una vez demuestren tener, antes o después de su pertenencia al grupo paramilitar, la calidad de terceros civiles financiadores o colaboradores de un grupo armado ilegal”.

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“Los exmiembros de estos grupos que se presenten voluntariamente como terceros civiles deben demostrar suficientemente haber sido financiadores o colaboradores. Ello, dado que la afiliación como tercero civil no surge de la mera afirmación del solicitante, sino de los hechos, y si estos se conforman al criterio legal para ser un tercero civil financiador o colaborador”, dice el tribunal.

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En otras palabras, según la JEP, no demostró haber sido financiador o colaborador, sino militante.

“No aportó suficientes elementos demostrativos” que permitan determinar que fue un tercero civil asociado al conflicto entre 1989 y 1997, sino que de la información aportada se extrae quelas conductas descritas correspondían a una militancia armada que caracteriza al solicitante como miembro orgánico de un grupo paramilitar precursor de las AUC”, concluyeron los magistrados.

 

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