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Listo el proyecto para regular armas traumáticas: tendrían mismas restricciones que las de fuego

En manos del ministro de Defensa ya se encuentra el proyecto de decreto, el que además busca censarlas para combatir su tráfico ilegal.

Armas de fogueo y traumáticas
Armas de fogueo y traumáticas
Foto: Twitter @seguridadcali, referencia

El documento establece, con base a un dictamen técnico de la Dijín y la legislación vigente, que las armas traumáticas son armas de fuego y por lo tanto deben tener las mismas restricciones. "Los particulares, con previo permiso de autoridad competente, podrán tener y/o portar armas traumáticas de uso civil." señala el proyecto de decreto.

De igual forma, especifica cuáles son los requisitos que las personas naturales y jurídicas deben cumplir para su adquisición:

Personas naturales

  • Cédula de ciudadanía.
  • Certificado de aptitud sicofísica expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
  • Certificado de manejo de armas expedido por una entidad por el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
  • Factura de venta o declaración de importación del arma.

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Personas jurídicas

  • Cédula de ciudadanía del representante legal.
  • Concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
  • Factura de venta o declaración de importación del arma.

Según el proyecto de decreto, estos documentos tienen que presentarse con cita previa en el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del comando de las Fuerzas Militares o sus seccionales, para la obtención de las huellas dactilares y fotografía para el Sistema de Información de Armas, Municiones y Explosivos, es decir, esta entidad será la encargada de otorgar el permiso.

También, busca marcar y censar el número de armas. Esto se hará a través del Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del comando de las Fuerzas Militares, quienes un plazo de 8 meses, tras la expedición del decreto, tendrán que establecer los puntos para entregar las armas. Serán los almacenes comerciales o las fábricas los responsables de crear formularios donde el ciudadanos deben decidir si quieren seguir con ellas o no, este es un trámite obligatorio.

A partir de la expedición de este decreto y hasta dentro los siguientes 6 meses siguientes a su publicación las personas naturales o jurídicas propietarias de armas traumáticas que cumplan con las características de armas de guerra o uso privativo y de uso restringido deberán entregarlas al estado.

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Una vez entregada el arma, la Industria Militar (INDUMIL) procederá al marcaje alfanumérico, para que en el sistema las autoridades puedan consular las características del arma, datos y contacto del dueño. El costo del procedimiento debe ser asumido por el titular de la arma.

Esta es una estrategia que para el Coronel retirado de la Armada, Álex Romero, asesor en tema de seguridad, busca "Avanzar en la unificación de información sobre la cantidad de armas legales y la disponibilidad de armas ilegales, lo que ayuda comprender un fenómeno claro como lo es el tráfico de armas.", explicó.

El proceso para el marcaje, registro y trámite de las armas traumáticas se deberá establecer en un plazo de 8 meses tras la expedición del decreto, prorrogables por 8 meses más.

Y aunque este decreto busca desarmar a los delincuentes, varios comerciantes de este tipo de armas traumáticas dicen que quedarán en la calle, pues las ventas se bajarán sustancialmente; "afecta la parte de comercio, a todos lo que somos vendedores, también va afectar la parte de los empleos, en el caso de nosotros, a más de 15 familias." explicó a BLU Radio, Yeison Morales, propietario de Hunters Proshop.

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El permiso y las disposiciones del decreto, aplican solamente para personas naturales y jurídicas que presten servicios de vigilancia con excepción de la fuerza pública.

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