No llevar la tarjeta de tarifas vigente, negarse a prestar el servicio sin justa causa o no mantener el vehículo en óptimas condiciones de comodidad y aseo, son algunas de las conductas que las autoridades de tránsito ya no podrían sancionar con comparendo a los taxistas.
Esto como consecuencia de la decisión del Consejo de Estado que anuló un decreto y una resolución del Ministerio de Transporte.
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BLU Radio conoció una carta que la Superintendencia de Transporte envió a todas las autoridades de tránsito en el país recordándoles que no pueden imponer sanciones o inmovilizar vehículos basándose en la resolución 10800 de 2003. En esa resolución están contenidas las infracciones mencionadas al inicio de esta nota.
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No pueden multar por "la infracción B15, que es la de la vigencia del tarjetón de tarifas, lo de los sellos de los taxímetros y están en entredicho las fotomultas que está imponiendo la Secretaría de Movilidad puestas por el teléfono celular del policía", aseguró Hugo Ospina, vocero del gremio de los taxistas.
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Según Ospina unos 22.700 comparendos se han impuesto a taxistas por no llevar los sellos en la tarjeta de las tarifas.
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Las soluciones
Sin embargo, para las autoridades es un dolor de cabeza no contar con un sustento legal para imponer sanciones a las empresas de transporte o los vehículos de servicio público.
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Para resolver este problema, el Gobierno ya está trabajando en un proyecto de ley que planea presentar en la próxima legislatura. El objetivo será revivir las sanciones en materia de transporte y modernizar la normativa vigente.
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