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Suspensión de términos judiciales se levanta desde el 1 de julio

Se incluyeron nuevas excepciones con el fin de reanudar algunos servicios afectados por el coronavirus.

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Justicia / Foto: Rama Judicial

La suspensión de términos se levantará el próximo 1 de julio e irá de la mano de todo un plan de normalización de los servicios judiciales en el país, al igual que la reanudación de los servicios en los juzgados del pais.

Hasta el 30 de junio seguirá la suspensión de procesos judiciales. No obstante, se incluyeron nuevas excepciones, con el fin de reanudar algunos servicios que se vieron afectados por cuenta del coronavirus.

Los servicios que se reanudan

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En materia civil está el pago de títulos en procesos terminados y para los procesos ejecutivos en trámite el auto que ordena seguir con la ejecución.

En materia de familia, las sentencias en los procesos contenciosos en los que el demandado esté representado por curador y no haya pruebas pendientes por practicar.

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Vea también:Por emergencia de coronavirus, suspenden términos en procesos judiciales

En materia laboral, el reconocimiento de pensión de invalidez, la nulidad o ineficacia del traslado al régimen de ahorro individual con solidaridad, los incrementos y retroactivos pensionales y los procesos especiales de suspensión, disolución y cancelación del registro sindical.

El Consejo Superior de la Judicatura también señala que desde el 17 de junio los trabajadores de la rama judicial podrán ingresar a las sedes, sin atención al público. Durante ese periodo realizarán la planeación y organización de actividades de cada despacho.

El Consejo advierte que el máximo de servidores judiciales que podrá ingresar será del 20% por cada despacho, secretaría, oficina, centro de servicio o dependencia en general, con el fin de evitar que se puedan presentar casos de coronavirus.
 

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