En un fallo de 67 páginas la Sección Cuarta del Tribunal de Cundinamarca determinó que se cumplieron con todas las exigencias que hizo el Consejo de Estado para poder convocar a un nuevo operador privado en la licitación por el tercer canal.
De igual forma determinó que la reglamentación en la que se le daría la licitación "comprende y garantiza" el otorgamiento de la concesión del espectro para la prestación del servicio de televisión nacional.
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"Como puede verse, la orden del Consejo de Estado fue la de expedir la normativa general que garantice la libre competencia, el pluralismo informativo teniendo en cuenta los aspectos relativos a la organización del mercado, y el acceso a las redes y, de otro lado, la comisión de regulación de comunicaciones viene señalando que en la actualidad se cuenta con un marco regulatorio aplicable a los operadores de televisión por lo que, insiste, no es necesaria la expedición de normas que regulen la materia", señala el fallo.
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Considera el Tribunal que están dadas todas las condiciones para " la prestación del servicio, la protección a los usuarios, la calidad del mismo, y el acceso a la infraestructura de las redes".
"El Tribunal declara cumplido el fallo de acción popular de 27 de marzo de 2014, y su posterior aclaración realizada el 26 de junio de 2014 proferido por el Consejo de Estado, por parte del ministerio de tecnologías de la información y comunicaciones, la Agencia Nacional del Espectro, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y la Comisión Nacional de Televisión, hoy Autoridad Nacionales de Televisión ", señala el Tribunal.