Con el fin de disminuir el riesgo de muerte de los motociclistas en la vía, el Ministerio de Transporte emitió una nueva resolución sobre el uso del casco.
Si su cascocumple con las especificaciones debidas de seguridad, como certificación impresa y canales de ventilación, no deberá cambiarlo.
No se obliga a nuestros motociclistas y tampoco habrá multas adicionales a las que ya tiene el Código Nacional de Tránsito
dijo Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
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Sin embargo, en la resolución se incluyen tres nuevas normas que deberán cumplir todos los motociclistas:
- “La cabeza del motociclista (conductor y/o acompañante) debe estar totalmente inmersa en el casco y el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas ni broches partidos e incompletos”.
- “No podrán portar sistemas móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco, excepto si estos son usados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres”.
- “En el caso de cascos con cubierta facial inferior movible, esta siempre debe ir cerrada y asegurada durante el tránsito, de tal manera que ofrezca protección a la cara del motociclista (conductor y/o acompañante)”.
Las nuevas medidas empezarán a regir a partir del 23 de enero de 2021.
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La multa para quienes incumplan las nuevas reglas y no porten bien el casco será de 15 salarios mínimos diarios legales mensuales vigentes.