Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Qué está permitido y qué no en la nueva fase de aislamiento: opinión de Ricardo Ospina

Es muy importante que se haga un esfuerzo adicional para hablar con mayor claridad a los colombianos, porque a 72 horas de la nueva etapa, muchos están confundidos.

365522_Medidas contra el coronavirus // Foto: AFP, imagen de referencia
Medidas contra el coronavirus // Foto: AFP, imagen de referencia

Finalmente, el Gobierno reveló el decreto que regirá las actividades de los colombianos entre el próximo lunes y el miércoles 1 de julio.
Lo primero que llama la atención es que, en teoría, continúa el aislamiento preventivo obligatorio; digo en teoría, porque la novedad es que en este decreto se amplía a 43 el número de excepciones para salir a la calle.

Además de los permisos vigentes hasta ahora, ahora estarán permitidas las “actividades profesionales, técnicas y de servicios en general”, que pareciera una puerta muy grande para el retorno de millones de colombianos a sus oficinas, abandonando el teletrabajo.

Aunque más adelante el decreto dice que las entidades públicas y privadas deben procurar que empleados y contratistas cuya presencia no sea indispensable en la sede, desarrollen su trabajo desde casa, varios sectores le piden al gobierno mayor claridad para evitar una salida masiva de personas a la calle con lamentables consecuencias en aumento de contagios.

Publicidad

A partir de lunes, según el decreto, se permite el “comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias” y también se autoriza el “servicio de limpieza y aseo, incluyendo servicio doméstico y lavandería”.

También se autoriza la salida tres veces por semana durante media hora a los niños entre 2 y 5 años y a los adultos mayores de 70 años, además de la ampliación de tiempo en la calle para niños entre 6 y 17 años y para adultos entre 18 y 68 años.

Publicidad

Qué no está permitido:

- Eventos públicos o privados con aglomeración de personas

- Bares, discotecas, casinos, billares, bingos, terminales de videojuegos.

- Restaurantes siguen cerrados. Solo a domicilio y para llevar.

Publicidad

- Gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas, parques

infantiles

Publicidad

- Cines y teatros

- Práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

- Servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.

En todo caso, la llave de la gradualidad y de abrir o no algunos sectores adicionales de la economía está en manos de los alcaldes, que a partir de ahora jugarán un papel mucho más importante en

definir cómo asumen sus ciudadanos esta etapa de la pandemia.

Vea aquí: Siete ciudades no abrirían el comercio el 1 de junio por recomendación del Gobierno

Publicidad

Al final, sí es muy importante que el Gobierno haga un esfuerzo adicional para hablar con mayor claridad a los colombianos, porque a 72 horas de la nueva etapa, muchos están confundidos.

Escuche el análisis y la opinión de Ricardo Ospina en Mañanas BLU:

Publicidad

 

  • Publicidad