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Registraduría definió reglas de juego para elección de las curules de paz

Las listas estarán integradas por dos candidatos, uno de cada género, quienes deberán estar acreditados como víctimas.

Elecciones Colombia
Blu Radio
Foto: AFP

En la resolución que expidió este martes la Registraduría Nacional se trazaron los lineamientos para la elección de las 16 curules que serán destinadas a las víctimas del conflicto.

Según el texto, en cada una de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz se elegirá un representante a la Cámara de listas, que estarán integradas por dos candidatos, un hombre y una mujer.

El periodo de inscripción durará un mes y se iniciará cuatro meses antes de la jornada de votación.

Para garantizar la participación ciudadana, se crearán nuevos puestos de votación en las regiones y se mantendrá una vigilancia especial.

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“Las listas serán postuladas bajo el mecanismo del voto preferente y estarán integradas por dos candidatos, uno de cada género. La curul se adjudicará al candidato más votado dentro de la lista que obtenga el mayor número de votos en la respectiva circunscripción”, señala la resolución.

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Los candidatos que aspiren a las curules de paz aparecerán en una tarjeta independiente a la de las territoriales y especiales a la Cámara de Representantes de los departamentos, donde se ubican las circunscripciones.

No podrán ser inscritos quienes en cualquier tiempo hayan sido candidatos elegidos o no a cargos públicos con el aval de partidos o movimientos políticos con representación en el Congreso de la República.

De igual forma, no podrán ser candidatos los miembros de grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno Nacional o se hayan desmovilizado de manera individual, en los últimos veinte años.

Las listas de candidatos a dieciséis curules podrán ser inscritas por:

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  1. Organizaciones de víctimas.
  2. Organizaciones campesinas.
  3. Organizaciones sociales.
  4. Organizaciones sociales de mujeres.
  5. Grupos significativos de ciudadanos.
  6. Los consejos comunitarios.
  7. Los resguardos y las autoridades indígenas.
  8. Las Kumpany.

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