EPS deberán hacer pública contratación con sus redes de hospitales
La almendra del nuevo decreto de habilitación de EPS tiene que ver con los temas de gobierno corporativo
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El Ministerio de Salud expidió el decreto 682 de abril de 2018 que establece toda la normatividad para la habilitación de nuevas Entidades Prestadoras de Salud. Pero hay un punto importante en lo que tiene que ver con la integración vertical. Este es un concepto que en Colombia permite que los dueños de las EPS puedan contratar servicios con sus propias compañías hasta en un 30 %. El nuevo decreto señala que esta contratación debe ser transparente y pública.
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“Las EPS, sus directores y representantes legales, deberán abstenerse de realizar cualquier operación que privilegie la contratación y el pago de servicios con su propia red en detrimento de otros prestadores de servicios de salud. Toda la información de pagos deberá ser transparente y pública”, se lee en el documento.
Para entender el tema hay que recordar el caso de Saludcoop, la EPS creada por Carlos Palacino que está detenido en la cárcel La Picota justamente por los hallazgos de la Fiscalía con respecto al manejo de los recursos del sistema de salud. En su momento, Saludcoop contrató todo tipo de servicios con compañías que estaban vinculadas a Palacino.
La lavandería de los uniformes de los empleados, los servicios de Software, y la misma operación de las clínicas fueron adquiridos para beneficiar a los dueños de la compañía. Luego el negocio se mudó a otros sectores. El propósito ahora es darle más transparencia a la administración de los recursos que con autonomía distribuyen las EPS.
Este decreto también se refiere a los posibles conflictos de interés que puedan originarse dentro de las EPS. “Las entidades deberán determinar en su reglamentación interna, los mecanismos para la declaración y el manejo de los conflictos de interés que puedan presentarse a su interior, dentro del grupo empresarial al que pertenecen, o en su relación con otras entidades”, añade el texto.
De otro lado, el decreto también aporta especificaciones sobre quienes no podrán ser socios o administrar las EPS. Exdirectores de entidades que hayan sido intervenidas por la Supersalud no podrán estar allí si se les encontró culpable y se les sancionó. Tampoco podrán hacerlo representantes legales, socios o administradores de otras EPS, ni miembros de los órganos de Gobierno del Sistema de Seguridad Social en Salud. Y, finalmente, tampoco quienes no acrediten la fuente de los recursos invertidos en la generación de la entidad.
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El ministro de Salud, Alejandro Gaviria, señaló que esta es una iniciativa que busca darle orden al gobierno corporativo para que los socios contraten a sus empresas en los mismos términos en los que contratan a otros prestadores. Y que sus empresas no se vean beneficiadas ni con pagos excesivos, ni con el cumplimiento de las fechas, mientras que se adeuda a otras entidades.