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MinDefensa no podrá intervenir en la JEP: Corte Constitucional

El alto tribunal tumbó una decisión histórica, la cual le permitía a ese ministerio intervenir en procesos de militares ante la JEP.

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BLU Radio. JEP // Foto: jep.gov.co

La Corte Constitucional, con votación de 9-0, tumbó, por vicios de trámite, la ley que señalaba que el Ministerio de Defensa podía participar en los procedimientos de la Jurisdicción Especial de Paz en los que están involucrados miembros de la Fuerza Pública, como ocurre con los militares que se someten a esa justicia especial.

Lo que hizo el alto tribunal fue tumbar el artículo 7 de la ley 1922 del 2018, considerando que hubo vicios en el trámite de la norma, porque se violó la consecutividad cuando fue aprobada.

Lo que sostenían los demandantes es que el Código de Procedimiento no era claro en explicar cuál era el verdadero alcance de esa intervención del Ministerio de Defensa ante la JEP. Al no explicarlo, decían los demandantes, se señalaba que se estaba vulnerando el debido proceso y los derechos de las víctimas.

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En su momento, la Procuraduría había enviado un concepto señalando que el Ministerio de Defensa no podía ejercer como defensa de los miembros de la Fuerza Pública. “Ni tiene funciones asociadas a la representación judicial".

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