Con el objetivo de proteger los derechos fundamentales, la unidad familiar y el debido proceso de una madre argentina y su hijo colombiano, la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores y a Migración Colombia adoptar medidas frente a la situación migratoria de la mujer.El caso se dio cuando la mujer solicitó una visa de migrante, pero la Cancillería inadmitió el trámite porque, al diligenciar el formulario, seleccionó el Consulado de Colombia en Buenos Aires como la autoridad encargada de gestionar la solicitud, aunque se encontraba en Colombia. Según la Resolución 5477 de 2022, cuando un extranjero está en el país, la solicitud debe ser gestionada por la Oficina de Visas en Bogotá, siempre que se encuentre en una situación migratoria que permita realizar el trámite.Luego de la inadmisión de la solicitud de visa, Migración Colombia también negó la prórroga del salvoconducto que permitía a la mujer permanecer temporalmente en el país mientras adelantaba su proceso migratorio. Para la Corte, las autoridades aplicaron las reglas de manera excesivamente formalista, sin tener en cuenta que se trataba de una madre cabeza de familia, en condición de vulnerabilidad socioeconómica y responsable del cuidado de un niño colombiano.El tribunal consideró que la tutela era procedente debido a las condiciones particulares de la mujer, pues exigirle acudir a otro proceso judicial para controvertir las decisiones administrativas resultaba irrazonable frente a su situación de vulnerabilidad.La Corte concluyó que la Cancillería vulneró los derechos de la mujer al no considerar sus circunstancias particulares y al inadmitir la solicitud por un asunto formal. Según el tribunal, la entidad tenía la posibilidad de reconducir administrativamente el trámite hacia la oficina competente, pues se trataba de dependencias pertenecientes a la misma entidad y de un procedimiento realizado de manera virtual. De esta manera, se habría evitado que un error en el formulario afectara la situación migratoria.El tribunal también determinó que Migración Colombia vulneró los derechos al debido proceso y a la unidad familiar al negar la prórroga del salvoconducto únicamente porque la solicitud de visa había sido inadmitida. La Corte señaló que la entidad debía valorar las consecuencias que esa decisión podía generar para la mujer y su hijo, especialmente teniendo en cuenta que cualquier afectación a la permanencia de la madre podía repercutir directamente en el derecho del niño a permanecer junto a su familia.Y eso no es todo porque la Corte señaló que se debió considerar que se encontraban frente a una mujer cabeza de familia en una situación de vulnerabilidad socioeconómica, por lo que no podían limitarse a aplicar las normas de manera mecánica. El tribunal aclaró que los requisitos y procedimientos migratorios son importantes y deben cumplirse, pero no pueden aplicarse de una forma desproporcionada que termine desconociendo derechos fundamentales.Finalmente, la autoridad ordenó a la Cancillería estudiar nuevamente la solicitud de visa, reconducirla dentro de la entidad hacia la dependencia correspondiente y no cobrar nuevamente por el estudio. También ordenó a Migración Colombia prorrogar el salvoconducto de la mujer por 30 días y conminó al padre del niño a cumplir sus obligaciones legales.
La Corte Constitucional por primera vez en Colombia la discriminación por diversidad corporal en razón del peso y ordenar medidas estructurales para garantizar el acceso digno al transporte público colectivo. La decisión surgió tras estudiar la tutela presentada por una mujer de Armenia que denunció que los torniquetes instalados en los buses le impedían abordar el servicio y que, pese a ello, los conductores se negaban a permitirle el ingreso por la puerta trasera.La historia comenzó durante un desplazamiento cotidiano en la capital quindiana. Lo que parecía un trayecto común terminó convirtiéndose en una experiencia de exclusión que, con el paso del tiempo, se repitió en varias ocasiones. La mujer, identificada como Rocío, aseguró que la configuración del sistema de acceso a los buses no contemplaba personas con una corporalidad diversa en razón del peso, dejándola sin una alternativa para movilizarse de manera segura."Paramos un bus, ingreso al sistema, y la registradora del bus estaba muy pequeña, no pude ingresar, iba con una hermana a la cual le pedimos al conductor que nos dejara ingresar por la puerta de atrás, pues por mi tamaño, no cabía, a la cual nos responde que no", señaló la accionante.Luego de la respuesta del conductor que no ocurrió solo en una ocasión, la mujer señaló que se sentí vulnerable ante la respuesta negativa, de un ciudadano más."Era un atropello, que una persona subida de peso por tener condiciones de salud, pues que no la dejaran ingresar. Fue bastante frustrante e impotente que me hayan negado dos, pues en varias oportunidades, el ingreso al sistema", añadió.Tras conocer el caso, la Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional concluyó que Rocío fue víctima de una barrera física, pero también de una discriminación estructural y actitudinal. El alto tribunal encontró que el diseño de los torniquetes, sumado a la negativa de los conductores para permitir una alternativa de ingreso, vulneró sus derechos fundamentales a la igualdad, a la prohibición de discriminación, a la libre locomoción y a la dignidad humana.La magistrada ponente, señaló que el análisis permitió establecer que el peso corporal ha estado ligado históricamente a estereotipos negativos sobre la apariencia, la salud e incluso el valor de las personas. Por esta razón, explicó que la Corte adoptó la categoría de "diversidad corporal en razón del peso" o "corporalidades diversas en razón del peso", diferenciándola de la discapacidad, al considerar que responde a prejuicios y formas de discriminación distintas que deben ser abordadas de manera independiente por los jueces y las instituciones.Justamente, la Corte recordó que, aunque los torniquetes cumplen una finalidad legítima relacionada con la seguridad y la eficiencia del servicio, advirtió que cuando estos dispositivos impiden el acceso de determinadas personas y no existen ajustes razonables, se convierten en barreras discriminatorias incompatibles con el principio de accesibilidad universal.El alto tribunal también evidenció que la exclusión no solo obedecía a un problema de infraestructura. Encontró que existían barreras culturales y actitudinales reflejadas en la negativa de algunos conductores para permitir el ingreso por la puerta trasera y en la propuesta de exigir certificaciones médicas para acceder a un ajuste razonable.Como consecuencia de este fallo, la Corte ordenó a las empresas operadoras del transporte público colectivo de Armenia garantizar que Rocío y todas las personas con corporalidades diversas en razón del peso puedan ingresar por la puerta trasera cuando el torniquete represente una barrera para acceder al servicio, sin exigir certificados médicos o administrativos y asegurando, en todo caso, la validación del pasaje. Además, deberán capacitar a sus conductores en trato digno, prevenir actos discriminatorios, revisar sus reglamentos internos para eliminar sanciones relacionadas con este tipo de ajustes y presentar disculpas privadas a la accionante por las afectaciones causadas.Finalmente, la Corte ordenó a la Secretaría de Tránsito y Transporte de Armenia, al Ministerio de Transporte y a la entidad AMABLE EICE revisar y adaptar la política pública del transporte colectivo para avanzar hacia un diseño universal de la infraestructura y formular un protocolo que garantice el acceso digno de las personas con corporalidades diversas en razón del peso.
Campesinos y pequeños mineros de Santander iniciaron este martes una protesta frente al Ministerio de Ambiente, en Bogotá, donde varios de ellos se encadenaron para exigir que no se expidan las resoluciones relacionadas con la delimitación del páramo de Santurbán, al considerar que afectarían el desarrollo de la minería legal y las actividades agropecuarias en la región.Los manifestantes rechazan las resoluciones que, según aseguran, pondrían en riesgo la minería legal y las actividades agropecuarias en la provincia de Soto Norte. Añaden que las medidas comprometerían cerca de 75.000 hectáreas y pondrían en riesgo el sustento de más de 25.000 habitantes de la provincia de Soto Norte, quienes dependen de la minería tradicional y la agricultura.Durante la jornada, la abogada Gloria Lucía Álvarez, representante de habitantes del municipio de Vetas, afirmó que líderes comunitarios emprendieron acciones legales contra la entonces ministra de Ambiente, Irene Vélez, al considerar que las decisiones adoptadas antes de dejar el cargo modificarían el proceso de delimitación ordenado por la Corte Constitucional.Según la jurista, la exfuncionaria habría expedido una resolución que, a su juicio, le permitió delimitar los páramos por sectores, lo que calificó como una actuación contraria a la normatividad y a la integralidad del ecosistema.Álvarez sostuvo, además, que la aplicación de esa resolución en Santurbán ampliaría la delimitación hacia zonas donde históricamente se desarrollan actividades mineras y agropecuarias que, según afirma, no corresponden al ecosistema de páramo.La representante de las comunidades también aseguró que esta decisión desconocería los acuerdos alcanzados durante el proceso de participación ciudadana ordenado por la Corte Constitucional y afectaría a familias que durante décadas han desarrollado actividades económicas legales en la región.Los manifestantes esperan que en los próximos días un juez se pronuncie sobre la acción de tutela presentada y adopte medidas que, según indican, garanticen el debido proceso y los derechos de las comunidades de Soto Norte.Hasta el momento, el Ministerio de Ambiente no se ha pronunciado sobre las nuevas manifestaciones ni sobre las solicitudes elevadas por los campesinos y pequeños mineros.
A pocos días del cambio de gobierno, los presidentes de las tres altas cortes coincidieron en entrevista con Sala de Prensa Blu, que la independencia judicial seguirá siendo uno de los pilares del Estado colombiano.La presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses, afirmó que el papel de la justicia trasciende los gobiernos de turno y recordó que la función de las cortes es proteger el orden constitucional.“La democracia ha hablado. El doctor Abelardo De La Espriella fue elegido por la mayoría de los colombianos. La justicia siempre tiene que estar actuando para que se garantice la separación de poderes y la independencia judicial”, dijo.Meneses enfatizó que tanto los gobiernos como los magistrados son transitorios, mientras que las instituciones permanecen.“Los gobiernos pasan, los magistrados que estamos en las altas cortes también pasamos, pero lo que siempre tiene que prevalecer es la institucionalidad, la Constitución, el imperio de la ley y las reglas que acogimos en la Constitución Política de 1991”, destacó.Por su parte, el presidente del Consejo de Estado, Alberto Montaña, reveló que el presidente electo sostuvo un contacto previo con los presidentes de las altas cortes antes de recibir oficialmente su credencial.“El mensaje que él dio fue un gesto porque para él es muy importante el respeto a la institucionalidad y, dentro de ese respeto, el respeto por los jueces”, mencionó. Montaña explicó que posteriormente se realizó una visita de carácter informal al Palacio de Justicia.Presidentes de las cortes recuerdan las tensiones con el gobierno de Gustavo PetroDurante la conversación también hubo espacio para hacer un balance de la relación entre la rama judicial y el gobierno saliente de Gustavo Petro.El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Mauricio Lenis, manifestó que espera que el próximo cuatrienio esté marcado por un diálogo institucional distinto.“La justicia va a seguir siempre cumpliendo su rol como garante sereno del orden constitucional y legal. Esperaría que con este nuevo comienzo haya un diálogo armónico institucional. Es mejor para la ciudadanía, para que el Estado funcione y para la justicia misma”, precisó.Lenis reconoció que durante el gobierno que termina esa relación estuvo marcada por tensiones. “En este gobierno una característica es que no se facilitó ese diálogo armónico, ese diálogo institucional de manera armónica. Eso fue tensionado”, afirmó.Por su parte, Alberto Montaña recordó que el Consejo de Estado debió pronunciarse públicamente en varias oportunidades para defender la independencia judicial. “Sería contraevidente decir que hubo unas relaciones armónicas por completo”, señaló.El magistrado indicó que la jurisdicción contencioso administrativa incluso acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para expresar su preocupación por algunas reacciones frente a decisiones judiciales.“Una cosa es no estar de acuerdo con una decisión y otra cosa es no cumplirla”, dijo. Asimismo, agregó que cuestionar los fallos como si constituyeran un golpe de Estado no corresponde al funcionamiento de un Estado de Derecho.“Es perfectamente normal disentir de una decisión y opinar sobre ese disenso, pero frente a una decisión decir que se está haciendo un golpe de Estado por parte de los jueces, en mi opinión, no son reacciones normales”, concluyó.Escuche la entrevista completa aquí:
La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales de una pareja de adultos mayores residente en un edificio de cinco pisos sin ascensor en el barrio San Alonso de Bucaramanga y ordenó restablecer el acceso a la terraza del inmueble, espacio que durante décadas utilizaron para recibir alimentos, medicamentos y otros elementos esenciales mediante un sistema de canasto con cuerda.Durante un año, Doña Raquel Quintero de 86 años y su esposo Óscar Jiménez de 90, tuvieron que ingeniárselas para recibir el mercado, los medicamentos y hasta las llaves de su apartamento, luego de que la asamblea de copropietarios del edificio les prohibiera usar un canasto con cuerda desde el quinto piso, de su apartamento que no cuenta con ascensor.La decisión quedó consignada en la Sentencia T-182 de 2026, mediante la cual la Sala Primera de Revisión revocó los fallos de primera y segunda instancia que habían negado la tutela presentada por Raquel Quintero, de 86 años, quien actuó en nombre propio y como agente oficiosa de su esposo, Óscar Jiménez, de 90 años, ambos con severas limitaciones de movilidad.Para el alto tribunal, el caso trascendía un simple conflicto entre vecinos o una discusión sobre el uso de una zona común. La Corte concluyó que estaban comprometidos derechos fundamentales como la igualdad, la autonomía, la vida digna, la salud, el mínimo vital, la libertad de locomoción, el cuidado y el debido proceso de dos personas en condición de especial vulnerabilidad.La controversia comenzó cuando la asamblea de copropietarios decidió cerrar con candado el acceso a la terraza y prohibir el uso del sistema de canasto que la pareja empleaba desde hacía cerca de 40 años para recibir domicilios, medicamentos, alimentos e incluso las llaves de su apartamento, ubicado en un quinto piso sin ascensor.Además del cierre, la administración del edificio impuso a la adulta mayor una multa de 100.000 pesos por no asistir a la asamblea en la que se tomó esa decisión, pese a que ella había informado que debía permanecer al cuidado permanente de su esposo, diagnosticado con demencia senil y otras enfermedades que requieren atención constante.“Impuse la tutela porque se me violaron los servicios en la terraza y cambiaron el candado para perjudicarnos. Para no bajar por las escaleras, yo mando una canastica y ahí recibía los alimentos, medicamentos y otras casas que pedíamos a domicilio" relató a Blu Radio, Raquel Quintero, tras conocer el fallo a su favor. La Corte determinó que el sistema de canasto representaba un apoyo autogestionado indispensable frente a las barreras arquitectónicas del edificio. También recordó que la accesibilidad en las propiedades horizontales no depende de la voluntad de las mayorías, sino que constituye una obligación constitucional para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas mayores y con discapacidad.Como consecuencia, el alto tribunal dejó sin efectos el cierre de la terraza, ordenó restablecer el acceso para que la pareja pueda volver a utilizar el canasto o un mecanismo equivalente y anuló la multa impuesta. Asimismo, dispuso que la copropiedad adelante un proceso de ajustes razonables con participación de los afectados y elabore un reglamento de propiedad horizontal ajustado a la Ley 675 de 2001.La sentencia también vinculó a la Alcaldía de Bucaramanga para activar la oferta institucional dirigida a las personas mayores, realizar un diagnóstico sobre las condiciones de quienes habitan edificios sin ascensor y promover medidas que garanticen la accesibilidad en este tipo de edificaciones.“Oscar un día llorando me decía, pero Raquel, nosotros a nadie le hemos hecho daño a nadie ¿Por qué nos quitan la terraza y por qué nos hacen eso a nosotros?. (...) eso es feo que le hagan a uno, porque es falta de humanidad, falta de ser uno solidario, está contra los derechos humanos, está contra todo contra todo”, manifestó Raquel Quintero. Por su parte, la magistrada Natalia Ángel Cabo explicó que el caso obligó a la Corte a analizar la situación desde una perspectiva de derechos fundamentales. "Entendimos que no era simplemente un conflicto entre vecinos; la verdadera pregunta era cómo debía responder el derecho cuando la vejez, la discapacidad, las labores de cuidado y un entorno inaccesible se convierten en barreras para seguir viviendo en el propio hogar", señaló.Tras conocerse la decisión, la pareja confirmó que el pasado viernes recibió nuevamente la llave de la terraza, donde además acostumbraban tomar el sol como parte de sus rutinas para preservar su bienestar físico y emocional.La tutela fue presentada en agosto de 2025 luego de que la pareja perdiera el acceso al único mecanismo que les permitía recibir suministros sin tener que descender cinco pisos por las escaleras. La decisión de la Corte Constitucional marca un precedente sobre la obligación de las copropiedades de adoptar ajustes razonables para garantizar la accesibilidad y la permanencia digna de las personas mayores en sus viviendas. El fallo enfatiza que el envejecimiento y la discapacidad deben abordarse desde una perspectiva de inclusión y solidaridad, evitando que las barreras físicas obliguen a los adultos mayores a abandonar sus hogares por falta de condiciones adecuadas.
La Corte Constitucional amparó los derechos a la libertad de expresión, la creación artística, la memoria histórica y la verdad extrajudicial de las víctimas del conflicto armado al ordenar disculpas públicas al concejal de Medellín Andrés Felipe Rodríguez Puerta, conocido políticamente como "Gury".Esto, por haber cubierto con pintura un mural con la frase “Las cuchas tienen razón”, una consigna convertida en símbolo de respaldo a las madres que durante años han buscado a sus familiares desaparecidos en La Escombrera, en la Comuna 13 de Medellín.La decisión del alto tribunal tiene origen en los hechos ocurridos el 1 de febrero de 2025, cuando el cabildante viajó hasta Manizales y pintó de negro parte de un mural autorizado por las autoridades locales, que además incluía los rostros de dos mujeres buscadoras.Posteriormente difundió la intervención en sus redes sociales con mensajes que invitaban a replicar esa conducta, lo que dio paso a acciones judiciales promovidas por organizaciones defensoras de derechos humanos.En su sentencia, el alto tribunal concluyó que la actuación del concejal no estuvo protegida por la libertad de expresión, pues vulneró derechos fundamentales al deslegitimar una manifestación artística de memoria histórica y reparación simbólica.Por ello, le ordenó publicar, en un plazo de 48 horas desde la notificación del fallo, un mensaje de disculpas en todas las redes sociales que utiliza, en el que reconozca que la frase y el mural constituyen un ejercicio legítimo de libertad de expresión y memoria de las víctimas, además de admitir que fueron inexactas sus afirmaciones sobre una supuesta instrumentalización política de esa expresión.Además, el alto tribunal le prohibió promover, realizar o incentivar nuevas acciones dirigidas a borrar, cubrir o sabotear expresiones artísticas relacionadas con las víctimas del conflicto y exhortó a los servidores públicos a proteger este tipo de manifestaciones como mecanismos de reparación simbólica y construcción de memoria histórica.Tras conocerse el fallo, el concejal manifestó su rechazo a la decisión de la Corte Constitucional. Aseguró que el magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño dejó sin efecto las determinaciones judiciales que anteriormente habían respaldado su posición dentro de una acción de tutela relacionada con los murales.En sus declaraciones, sostuvo que el pronunciamiento responde a intereses políticos y cuestionó que, a su juicio, la justicia termine favoreciendo a quienes intervienen o deterioran bienes públicos.
La Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión de negar la libertad condicional al exmagistrado de la Corte Constitucional Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, condenado por el Cartel de la Toga por el delito de concusión. La Corte explicó que Pretelt ya había cumplido el tiempo mínimo de la pena requerido para solicitar este beneficio. Además, destacó que ha tenido buen comportamiento en prisión, cuenta con apoyo familiar y social, no tiene pendientes pagos por perjuicios y recibió un concepto favorable por parte del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC). También tuvo en cuenta las actividades de estudio, trabajo y enseñanza que ha realizado mientras permanece privado de la libertad.Sin embargo, los magistrados señalaron que cumplir esos requisitos no significa que la libertad condicional deba concederse de manera automática. Explicaron que la ley obliga a analizar otros aspectos, como la gravedad del delito, el proceso de resocialización del condenado, su comportamiento durante la condena y si realmente se han cumplido los objetivos de la pena.Al revisar el caso, la Corte recordó que Pretelt fue condenado por solicitar 500 millones de pesos para intervenir en un proceso de tutela presentado por Fidupetrol, aprovechando su cargo como magistrado de la Corte Constitucional. Según el alto tribunal, esa conducta afectó gravemente la confianza de los ciudadanos en la justicia y perjudicó la imagen de esa institución.Aunque la Corte reconoció que el exmagistrado ha mostrado avances positivos durante el tiempo que ha permanecido en prisión y que ya podía solicitar la libertad condicional, concluyó que todavía no existen suficientes elementos para considerar que su proceso de resocialización está completamente consolidado.Por esa razón, la Sala Especial de Primera Instancia decidió mantener la negativa de concederle la libertad condicional, por lo que Jorge Ignacio Pretelt Chaljub deberá continuar cumpliendo su condena en prisión.
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0732 de 2026, mediante el cual reglamenta la actualización del componente sexo en los documentos de identidad. Esto significa que ahora, además de las categorías femenino y masculino, se incluirán las opciones no binario, identificada con las letras NB, y transgénero, representada con la letra T.Según el Ministerio de Justicia, la medida responde al llamado de la Corte Constitucional de garantizar el reconocimiento de la identidad de género en los documentos de identificación. Además, el trámite notarial para la corrección del componente sexo será gratuito para quienes lo realicen por primera vez.El decreto establece, además, que durante el trámite notarial se reconocerá el nombre identitario de la persona, garantizando un trato digno y respetuoso de acuerdo con la forma en que esta se identifica.La medida está dirigida a las personas que deseen que el componente sexo de sus documentos refleje su identidad de género. Para ello deberán adelantar el procedimiento establecido ante notaría y posteriormente actualizar la información ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, sin que se exijan certificaciones médicas o psicológicas para acceder al cambio.Según las cifras de la Registraduría Nacional del Estado Civil, entre el 1.º de enero de 2015 y el 31 de enero de 2026 se realizaron por lo menos 7.916 correcciones del componente sexo para personas mayores de edad con identidades de género diversas.
La convivencia en los conjuntos residenciales suele ser motivo de discusión, especialmente cuando se habla de mascotas. El uso de las zonas comunes, las reglas internas y las sanciones impuestas por algunas administraciones han sido, por años, factores de discordia entre propietarios y copropiedades, especialmente cuando se trata de restricciones para movilizar a los animales dentro de los conjuntos residenciales.Ahora, una decisión de la Corte Constitucional habría cambiado ese panorama al establecer que las administraciones no pueden imponer prohibiciones generales para que los animales de compañía utilicen los ascensores ni exigir permisos especiales para trasladarlos por las zonas comunes.El fallo también limita la imposición de sanciones cuando los dueños cumplen las normas de convivencia, seguridad y salubridad que exige la ley.Corte prohíbe sanciones por mascotas en ascensorLa medida surgió luego de que se estudiara una tutela presentada por una residente del Conjunto Residencial Los Robles, en Cajicá, quien cuestionó una disposición del manual de convivencia que impedía el ingreso de animales de compañía a los ascensores, salvo que existiera una autorización excepcional por parte de la administración.Según la mujer, de 67 años, acreditó mediante historia clínica que padece osteoporosis y una hernia discal lumbar, enfermedades que han afectado su movilidad. Adicionalmente, uno de sus cuatro perros fue diagnosticado con displasia de cadera y una enfermedad degenerativa de la columna, motivo por el que un médico veterinario recomendó que la mascota evitara utilizar las escaleras.Tras revisar las pruebas, la Sala Octava de Revisión concluyó que esa restricción vulneraba los derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal y familiar, al dejar en manos del administrador una autorización discrecional para convivir con animales catalogados como de compañía.¿Qué reglas sí pueden imponer los conjuntos residenciales?La Corte aclaró que la decisión no elimina las normas de convivencia dentro de las propiedades horizontales. Por el contrario, recordó que las administraciones sí pueden adoptar medidas para garantizar la seguridad y la salubridad de todos los residentes, siempre que sean razonables y no impliquen prohibiciones absolutas.Entre las obligaciones que pueden exigir están:Llevar a las mascotas con correa.Utilizar bozal cuando la normativa lo establezca.Recoger los excrementos.Cumplir las normas de aseo y convivencia.Promover una tenencia responsable de los animales.El alto tribunal recordó que el artículo 117 de la Ley 1801 de 2016 prohíbe impedir el tránsito y la permanencia de mascotas en las zonas comunes de las propiedades horizontales.Corte Constitucional ordena modificar reglamentos en conjuntosEn la sentencia también se reiteró que los reglamentos internos deben ajustarse a la Constitución y respetar los derechos fundamentales de los residentes. Aunque las asambleas de copropietarios pueden establecer reglas para el uso de las zonas comunes, esa autonomía tiene límites legales.Como consecuencia, la Corte revocó el fallo de primera instancia y ordenó al Conjunto Residencial Los Robles permitir el uso del ascensor con animales de compañía sin requerir permisos previos. De igual manera, dejó sin efectos el artículo del manual que imponía esa restricción, prohibió sancionar a los propietarios por este motivo y ordenó que el reglamento interno se ajuste a lo dispuesto en la Ley 1801 de 2016.
El Tribunal Administrativo de Santander sancionó a la Ministra de Ambiente, Irene Vélez, por desacato y presunta negligencia en la socialización del proceso de delimitación del páramo de Santurbán. La funcionaria debía ratificar un cronograma, adoptar medidas verificables, ejercer liderazgo y garantizar la participación comunitaria.El Tribunal revisó la polémica en torno a la protección del Páramo Jurisdicciones-Santurbán-Berlín y encontró que no se han cumplido varios de los compromisos. La decisión judicial castiga formalmente lo que la magistratura consideró una conducta negligente en la gestión de este ecosistema estratégico, el cual lleva más de siete años sin una línea de protección definitiva tras el fallo de la Sentencia T-361 de 2017 de la Corte Constitucional.La alta corte regional aclaró de manera tajante que la Ministra Vélez Torres no es responsable de todo el retraso histórico acumulado desde 2017, sino de su gestión específica desde que asumió el encargo ministerial en agosto de 2025. El despacho judicial comprobó que la funcionaria desatendió órdenes explícitas para enderezar el rumbo del proceso participativo, las cuales incluían ratificar un cronograma con fechas ciertas y liderar las mesas de concertación con los municipios afectados. En lugar de ejecutar acciones concretas, la defensa de Vélez Torres solicitó archivar el incidente argumentando que las demoras provenían de administraciones previas.Para los magistrados, esta postura jurídica constituyó una "culpa por negligencia", puesto que el Ministerio volvió a postergar la fecha final de la delimitación para mediados de 2026. A raíz de esto, el Tribunal multó a la ministra con cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, una sanción que deberá costear con su patrimonio personal y que fue calificada como moderada debido a que el Gobierno sí demostró gestiones logísticas e institucionales parciales en el territorio.Además de la sanción económica, el dictamen judicial otorgó un plazo perentorio de diez días hábiles para que la cartera ambiental radique un informe exhaustivo con las fechas definitivas del proyecto de delimitación municipio por municipio. La providencia advierte con vehemencia que la simple realización de reuniones y socializaciones masivas no sustituye la expedición formal del acto administrativo que ordene el territorio.El Tribunal dejó la puerta abierta a nuevas sanciones en caso de que persista la renuencia gubernamental.
La gobernadora del Chocó, Nubia Carolina Córdoba, confirmó este miércoles que en el departamento ya no hay personas que estén siendo buscadas bajo los escombros tras el terremoto de magnitud 7,4 que sacudió al país el pasado lunes. A través de sus redes sociales, la mandataria aseguró que la familia que permanecía como desaparecida fue localizada con vida y ya recibe atención, por lo que las autoridades cerrarán formalmente la fase de búsqueda y rescate para concentrarse en atender a los damnificados."En el departamento del Chocó ya no buscamos a nadie bajo los escombros por la misericordia de Dios", escribió Córdoba. La gobernadora agregó que la familia que era buscada "ya está recibiendo la atención requerida". Con este hallazgo, las autoridades dan paso a una nueva etapa de la emergencia, enfocada en identificar las necesidades de las comunidades afectadas y garantizar asistencia a quienes perdieron sus viviendas o resultaron afectados por el movimiento telúrico.La mandataria local también compartió el último balance en el Chocó en el que se detalla que el terremoto ha dejado 13 muertos y 182 heridos.Lupa en censo de damnificadosEntretanto, la defensora del Pueblo, Iris Marín, advirtió durante un recorrido por las zonas afectadas de Quibdó que uno de los principales problemas en este momento es la falta de un censo que permita establecer con precisión cuántas personas resultaron damnificadas. "Es urgente tomar los censos porque no hay realmente una estimación de cuántas son las personas afectadas, cuántas personas no tienen en este momento dónde dormir", señaló Marín, quien consideró que esta información será fundamental para organizar la respuesta humanitaria.En Quibdó, las autoridades han confirmado nueve personas fallecidas como consecuencia del terremoto, mientras que en el departamento del Chocó la cifra asciende a 13 muertos. A nivel nacional, el presidente Abelardo de la Espriella informó que el balance llegó a 265 fallecidos, 3.494 heridos y 496 personas desaparecidas. La defensora del pueblo también llamó la atención sobre las diferencias entre las cifras reportadas por las autoridades nacionales y las regiones, y señaló que un censo permitirá establecer con mayor precisión la magnitud de la emergencia.Otra de las preocupaciones está relacionada con la capacidad de atención en salud. El Hospital San Francisco de Asís, principal centro asistencial de Quibdó, registra una sobreocupación. Aunque el hospital cuenta con una planta eléctrica, requiere garantizar conectividad estable e internet para mantener la prestación de los servicios.
Un total de 150 incendios forestales han arrasado con más de 1.800 hectáreas de bosques nativos y cultivos de pancoger en 29 de los 64 municipios de Nariño, informó el gobernador Luis Alfonso Escobar, quien confirmó nuevas medidas para enfrentar la emergencia.Ante esta situación, el Consejo Departamental de Gestión del Riesgo de Desastres aprobó la declaratoria de calamidad pública y urgencia manifiesta, una medida que permitirá acelerar las acciones administrativas, técnicas y operativas para atender los incendios y fortalecer la respuesta institucional.El mandatario explicó que esta declaratoria permitirá actuar con mayor rapidez frente a una emergencia que, según las autoridades, ya había sido advertida durante las primeras reuniones de seguimiento. “Esta medida nos permite tomar acciones más inmediatas para atender la emergencia”, afirmó Escobar.El gobernador señaló que las condiciones climáticas previstas podrían mantener el riesgo durante agosto e incluso intensificarlo en septiembre. “Sabíamos que estas condiciones continuarían durante agosto y podrían intensificarse en septiembre; por eso estamos actuando para proteger a las comunidades y respaldar a quienes enfrentan estas emergencias en territorio”, agregó.Como parte de las medidas anunciadas por la gobernación, la administración departamental acelerará la ejecución de $3.500 millones para dotar con kits forestales a 32 cuerpos de bomberos de Nariño y conformar una brigada de reacción inmediata que apoye a los municipios cuya capacidad de respuesta sea superada por los incendios.La emergencia se concentra actualmente en zonas de las subregiones de Abades, Occidente y Guambuyaco, donde las autoridades mantienen las labores de atención. Desde la Gobernación se han articulado esfuerzos con las administraciones municipales y los organismos de socorro para controlar las conflagraciones.Además, se adelantan reuniones de coordinación con alcaldes y alcaldesas para fortalecer la respuesta de los cuerpos de bomberos frente a los incendios activos y posibles nuevas emergencias. También se alista la contratación de 40 horas de apoyo aéreo para las zonas más afectadas.La Gobernación de Nariño hizo un llamado a la ciudadanía para evitar cualquier acción que pueda generar nuevos incendios forestales y atender las recomendaciones de las autoridades. Asimismo, pidió mantenerse informada a través de los canales oficiales y reportar oportunamente cualquier situación de riesgo.
Dos días después del terremoto que sacudió Colombia, Dosquebradas, ciudad aledaña a Pereira, intenta recomponerse entre edificios derrumbados, negocios destruidos y calles tomadas por los escombros, mientras sus habitantes remueven lo que quedó de sus vidas y esperan respuestas para afrontar el futuro.Los seis kilómetros de la avenida Simón Bolívar, la principal arteria de Dosquebradas, permanecen prácticamente cerrados por los trabajos de las autoridades y de los propios vecinos para remover escombros y evaluar los daños que dejó el terremoto.En esta ciudad de unos 250.000 habitantes, siete personas han muerto, cinco fueron rescatadas con vida de entre los escombros y más de 8.000 resultaron damnificadas, según las autoridades.En medio de la avenida, uno de los edificios que se derrumbó por completo albergaba una tienda de motocicletas y estaba unido a una vivienda en la que residían los propietarios del negocio.Una mujer fue rescatada con vida y lucha por sobrevivir en una clínica de Dosquebradas, mientras su hermano murió bajo los escombros.En la zona, los vecinos colocaron carteles con una palabra que se convirtió en una orden durante las horas más angustiosas del rescate: "silencio".Ahora el lugar vuelve a estar en silencio, pero por una razón distinta: los organismos de socorro se han desplazado a otros puntos donde todavía creen que pueden encontrar supervivientes.Sueños perdidosFrente a las ruinas camina Duviel Vidal Ocampo, quien examina con preocupación la destrucción que dejó el terremoto a su alrededor.El hombre es el propietario de Ferreléctricos Todo en Uno, un negocio que estaba ubicado al lado de la tienda de motocicletas que se derrumbó.El edificio cayó sobre su local, cuya estructura pende de un hilo y está completamente destruido por dentro. El hombre y su familia entran con mucho cuidado a revisar qué pueden sacar de este negocio al que le dedicó ocho años de su vida."Estoy totalmente afectado porque todo quedó entre los escombros. Si mira hacia adentro verá que quedó la bodega totalmente destruida. El edificio de al lado cayó encima de la ferretería. Pérdida total. Todo acá, todo, es escombros. Vea, hay que demoler la propiedad, todo, todo", dice Vidal, completamente frustrado, a EFE.El hombre no es capaz de contener las lágrimas y rompe a llorar, pues ahora deberá enfrentar la incertidumbre que le depara el futuro y nadie del Gobierno le ha dicho nada sobre cuáles son los pasos a seguir para salir adelante tras esta tragedia."Hasta ahora no sabemos nada, no nos han dicho nada, no sabemos qué paso seguir, si vienen ayudas del gobierno o qué. Porque en verdad acá ya se han perdido los sueños de muchos años", dice el propietario de la ferretería, que se gira y mira con incredulidad su destruido negocio.Ayudar a las víctimasSi bien no estaba allí cuando ocurrió el sismo, Vidal se desplazó a su local y de inmediato se puso manos a la obra para ayudar a los organismos de rescate que trabajaban en el edificio de al lado.El cuerpo de la persona que murió, que tenía "unos 65 años", lo sacaron a las 8:00 de la noche, mientras que a la mujer la rescataron con vida en la tarde."Acá ha sido de muy buena ayuda el trabajo de los autoridades a la hora del rescate, han estado pendientes de todo, le han dado un manejo muy bueno (...) Muy buena labor han hecho", destaca el hombre, que ahora espera indicaciones para analizar su futuro porque, es consciente, de que sin ayuda no podrá volver a abrir su negocio.Por ahora, Vidal continúa recogiendo lo que el movimiento telúrico tumbó y se apoya en sus familiares cercanos, que lo acompañan y le dan palabras de ánimo para salir adelante tras el peor terremoto en lo que va de siglo en Colombia, que ya deja al menos 265 muertos en todo el país.
El Quindío contabiliza más de 10.000 viviendas afectadas y 330 personas heridas tras el terremoto que sacudió al departamento el lunes, según el balance entregado por el gobernador Juan Miguel Galvis. La emergencia también deja daños en hospitales, colegios, alcaldías, comercios y vías.El mandatario departamental confirmó, en entrevista con Recap Blu de Blu Radio que, hasta las 6 de la tarde del miércoles, más de 10.000 viviendas habían resultado afectadas por el terremoto. Las autoridades continúan con la evaluación de los daños y la atención de las familias que perdieron sus hogares.“Solo tenemos 330 lesionados y los hemos podido atender a todos, eso gracias a Dios”, afirmó Galvis, quien destacó la capacidad de respuesta de la red hospitalaria del Quindío durante la emergencia.El gobernador también confirmó que una persona murió como consecuencia del terremoto, mientras que los equipos de salud continúan atendiendo a los heridos y evaluando las afectaciones estructurales en diferentes centros asistenciales.Entre los hospitales afectados está La Misericordia de Calarcá, que tuvo que ser evacuado como medida preventiva. Los pacientes fueron trasladados temporalmente a un centro social, mientras que el hospital San Juan de Dios también presenta daños.Las afectaciones se extienden a diferentes municipios del departamento. Galvis aseguró que la Alcaldía de Montenegro presenta daños cercanos al 90 % y tendría que ser demolida, mientras que la sede de la Alcaldía de Quimbaya también resultó afectada.El terremoto también provocó daños importantes en las instituciones educativas. Según el gobernador, el 70 % de los colegios y centros educativos del Quindío está colapsado o presenta algún tipo de afectación, situación que impacta a cerca de 22.000 niños.“De 32.000 niños se están viendo afectados casi 22.000”, explicó Galvis al referirse al impacto que la emergencia está teniendo sobre el sistema educativo departamental.En Armenia, el terremoto también generó un fuerte impacto sobre el comercio. De acuerdo con el gobernador, más de 550 locales resultaron afectados, mientras que el 25 % de estos establecimientos estaría en condición de ruina.La emergencia dejó además viviendas rurales destruidas y numerosas fincas averiadas. Por esta razón, las autoridades comenzaron a analizar la instalación de carpas para atender a las familias que quedaron sin condiciones para permanecer en sus hogares.El gobernador también hizo un llamado a evitar versiones que puedan afectar la economía del departamento. Frente a los reportes sobre una supuesta destrucción total de Salento, Galvis aclaró que el municipio sí presenta afectaciones, pero no está completamente destruido.“No podemos ser irresponsables y no es así, están llevando hasta a cancelaciones a hoteles. Eso no puede ser así, tenemos que seguir, hablar de reactivación. No nos vamos a detener”, afirmó el mandatario.En materia de atención a las familias damnificadas, Galvis reconoció que el departamento no tiene recursos suficientes para asumir subsidios de arrendamiento. Sin embargo, confió en el respaldo del Gobierno nacional para avanzar en la recuperación.“No tenemos recursos para pagar subsidios de arriendo a las personas, pero si podemos trabajar con el Gobierno nacional, podemos sacar este proceso adelante”, señaló el gobernador.Las autoridades también trabajan en la recuperación de la movilidad. Galvis explicó que algunos municipios permanecieron incomunicados, pero durante las últimas horas se habilitaron tramos como Armenia-Montenegro-Quimbaya para facilitar el ingreso de ayudas y maquinaria.Camacol también se sumó a las labores de respuesta y facilitó maquinaria para la remoción de escombros. El objetivo es avanzar en la atención de las viviendas destruidas y de las zonas que permanecen con dificultades de acceso.
El Hospital Universitario del Valle (HUV) perdió cerca del 40 % de su capacidad hospitalaria tras el terremoto que afectó al departamento, una situación que dejó 250 de sus 460 camas fuera de operación. Ante este escenario, la Secretaría de Salud del Valle del Cauca trabaja en tres alternativas para recuperar los servicios y compensar la capacidad que perdió uno de los principales centros asistenciales de Cali.La secretaria de Salud del Valle del Cauca, María Cristina Lesmes, explicó en entrevista con Recap Blu que la emergencia inmediata ya fue atendida y que ahora comienza una etapa enfocada en recuperar progresivamente los servicios que tuvieron que ser suspendidos. El terremoto también afectó otros centros hospitalarios del departamento: el Hospital de El Águila quedó completamente destruido, mientras que el de Roldanillo perdió cerca del 80 % de su infraestructura.Misión: recuperar los servicios de saludEl primer plan consiste en recuperar camas dentro del propio Hospital Universitario del Valle. Lesmes explicó que antes de avanzar en una solución definitiva será necesario realizar una revisión estructural del centro asistencial, por eso, se está trabajando inicialmente en la posibilidad de volver a habilitar espacios al interior de la institución.La segunda alternativa contempla conseguir una infraestructura hospitalaria adicional. La idea es encontrar un espacio que permita al HUV instalar un servicio satélite y recuperar parte de las camas que actualmente no están disponibles. Según la secretaria, esta opción permitiría avanzar con mayor rapidez mientras se desarrolla el proceso de recuperación de las áreas afectadas. "Estamos pensando en la consecución de una estructura hospitalaria por fuera del Hospital Universitario donde se pudieran abrir esos servicios", explicó.El tercer plan busca aumentar la capacidad en otras instituciones de salud del departamento. La Secretaría de Salud trabaja con clínicas y hospitales que permanecen habilitados para ampliar su número de camas y compensar temporalmente la pérdida registrada en el HUV. "La red privada ha contribuido con el aumento de las UCI, y ese es un ejercicio que tenemos que hacer para tratar de compensar las camas hospitalarias en el departamento", afirmó Lesmes.La funcionaria aclaró que la recuperación total no será inmediata, pues requiere estudios de terreno, diseños y obras, aunque ya existen ofertas internacionales para financiar parte de estos procesos. "Hay tres planes: la reapertura, la apertura de camas en otros usando espacios en el Hospital Universitario del Valle, la búsqueda de una infraestructura adicional y la búsqueda de camas en el resto del departamento", resumió la secretaria.La secretaría también trabaja con el Ministerio de Salud para resolver otras necesidades, entre ellas la atención de pacientes con tratamientos de diálisis que fueron interrumpidos.