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Llamado de atención de la Corte a la Iglesia por negar certificado de divorcio

La Corte Constitucional le hizo un llamado de atención al Tribunal Eclesiástico para que no vulnere los derechos fundamentales de los colombianos que están en esa religión.

278912_Divorcio / Foto: AFP
Divorcio / Foto: AFP

Según la Corte, si bien las normas del Tribunal Eclesiástico son autónomas, no pueden pasar por encima de la Constitución y por lo tanto no puede afectar a los ciudadanos.
 
“Si bien la Iglesia Católica es autónoma en sus decisiones deberá garantizar a quienes han optado por esta religión el respeto de sus garantías constitucionales”, señala la Corte.

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El pronunciamiento se dio tras fallar una tutela a favor de una mujer que pedía los certificados que daban cuenta de la nulidad de su matrimonio por la Iglesia católica.
 
El tribunal eclesiástico se lo negó porque dicha información era reservada y porque no tenía las normas que les permitía esa prohibición.
 
“Según las razones que se expone para guardar la reserva, la misma es potestad del Tribunal y está dirigida a proteger la intimidad de los partícipes del proceso. No se trata por lo tanto de una reserva absoluta ni tiene como fundamento la protección del culto o de la institucionalidad de la Iglesia”, agrega la Corte.
 
En este aspecto la Corte Constitucional protegió los derechos de la mujer porque no encontró elementos para que se le haya negado el derecho a la información advirtiendo “que ello no desconoce el concordato suscrito entre la Iglesia católica y la República de Colombia ni las normas que regulan la libertad religiosa y de cultos”.
 
 

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