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Plataforma continental pedida por Nicaragua fue desestimada en 2012: Colombia

Colombia insistió este lunes en que la Corte Internacional de Justicia de La Haya no es competente para recibir la demanda promovida por Nicaragua sobre...

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Foto: AFP

las fronteras marítimas del Caribe, puesto que después de que su país denunció  el pacto de Bogotá el asunto está fuera de la juridicción del tribunal.

 

"La demanda de Nicaragua está fuera de las competencias de la corte", dijo el coagente de Colombia, Manuel José Cepeda en la apertura de los argumentos en La Haya.

 

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Nicaragua acudió a la corte para defender que la plataforma continental del país se extiende más allá de las 200 millas naúticas desde su costa.

 

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El abogado inglés Micheal Wood, representante de Colombia, recordó que la actual demanda de Nicaragua fue iniciada más de 10 meses despúes de que el país denunciara el pacto.

 

"Los tratados deben ser interpretados de manera estricta y no amplia", argumentó el abogado. "La posición de Nicaragua es insostenible".

 

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La semana pasada, los representantes de Nicaragua ante el tribunal defendieron que si bien el pacto puede ser denunciado, la salida entra en vigor un año después de que el país la notifique.

 

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Durante la audiencia, Cepeda recordó además que su país está preparado para firmar un tratado con Nicaragua para aplicar el fallo de la Corte de La Haya de noviembre de 2012,  que estableció que Colombia tiene soberanía sobre los siete cayos del archipiélago de San Andrés, pero otorgó a Managua una franja marítima, que merma los derechos económicos de Bogotá.

 

Nicaragua ha criticado al gobierno de Colombia ya que argumenta que las autoridades de Bogotá no aceptan el carácter obligatorio del fallo de la CJP.

 

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Bogotá defiende que constitucionalmente los límites marítimos solo pueden modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, por lo que considera que el fallo no es aplicable hasta que no se firme un acuerdo entre ambos países.

 

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Además Colombia estima que el fallo de La Haya desconoce por completo los tratados de límites vigentes con estos países, los cuales son de obligatorio cumplimiento.

 

Tras el fallo de noviembre de 2012, Managua ha extendido licencias de pesca a los habitantes de las islas y también a permitido a Estados Unidos y a Rusia realizar ejercicios militares contra el narcotráfico en la zona.

 

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Estos son los puntos expuestos por Colombia, según un comunicado de la Cancillería:

 
1.     El coagente Cepeda abrió las audiencias con un resumen de los argumentos colombianos a ser expuestos durante esta semana y los cuales ya habían sido presentados de manera escrita en agosto de 2014. Después de recordar el dolor causado por ciertos aspectos del Fallo de 2012, entre los colombianos y en especial en los miembros de la comunidad raizal, resaltó la tradición jurídica centenaria de Colombia. Le solicitó  a la Corte que le exigiera a Nicaragua respeto por las reglas que rigen la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia y se negara a otorgarle a Nicaragua el tratamiento privilegiado que ella está solicitando, consistente en re-litigar su pretensión de plataforma extendida más allá de las 200 millas de su costa, petición que expresamente le fue negada en el fallo de 2012. Enfatizó que la decisión adoptada en ese fallo no dejó nada pendiente por delimitar.
 
2.     A continuación, Sir Michael Wood sustentó que gracias a la denuncia colombiana del Pacto de Bogotá, la cual se hizo con efecto inmediato el 27 de noviembre de 2012, Nicaragua no podía presentar ante la Corte una nueva demanda después de esa fecha.
 
3.     Por su parte, el profesor Matthias Herdegen, expuso que la Corte no tiene una “competencia continuada” que haya sobrevivido al fallo de 2012, tal y como lo alega Nicaragua. Dicha tesis, explicó, no tiene base ni en la jurisprudencia ni en el Estatuto de la Corte.
 
4.     Para explicar la objeción de “Cosa Juzgada” intervinieron dos de los abogados de Colombia.
 
Primero habló Rodman Bundy quien hizo un recuento del primer caso contra Colombia. Su argumentación giró en torno a que las peticiones que ahora vuelve a presentar Nicaragua, son iguales a las del caso juzgado entre 2001 y 2012. La solicitud nicaragüense de una plataforma continental extendida ya fue desestimada en el fallo de 2012.
Prosiguió el profesor Michael Reisman quien desarrolló demostró que se cumplen los requisitos para que la Corte declare que la cosa ya fue juzgada en 2012 (res judicata). Punto por punto probó que las cuales las actuales pretensiones Nicaragüenses ya fueron analizadas por la Corte, y decididas por completo en el fallo del 19 de noviembre de 2012. El principio de “cosa juzgada” impide que Colombia sea demandada por Nicaragua para pedir lo mismo, una y otra vez.
 
5.     Luego retomó la palabra el abogado Rodman Bundy para explicar que la demanda nicaragüense realmente es un intento encubierto por solicitar una revisión o apelación del fallo del 2012, lo cual es contrario a los estatutos de la Corte.
 
6.     Finalmente, Tullio Treves expuso que la demanda de Nicaragua tampoco es admisible por cuanto la Comisión de Límites de Naciones Unidas no ha emitido la recomendación exigida para estos casos, debido a que Nicaragua omitió cumplir oportunamente sus obligaciones.
 
El primer día de esta semana de audiencias preliminares en La Haya concluyó con la total exposición de motivos que demuestran que la Corte no es competente, que la demanda no es admisible y por lo tanto acoja las objeciones preliminares de Colombia y se abstenga de continuar con el proceso.
 
Mañana en las audiencias Nicaragua tendrá el turno para presentar sus argumentos frente a los planteamientos hechos hoy por Colombia.
 

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AFP.

 

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