Corte Suprema no envió expediente del hijo de la Gata a la JEP y niega su competencia

La decisión del alto tribunal se da pese a que el sometimiento por parte de Julio Alfonso López se dio con base en sus nexos con grupos paramilitares.

Blu Radio // Jorge Luis Alfonso Lopez // Foto: AFP

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia advirtió que las actividades por las cuales está siendo procesado el excongresista Héctor Julio Alfonso López, hijo de Enilce López conocida como ‘la Gata’, no tienen nada que ver con el conflicto armado.
 
Según el alto tribunal, la negativa en enviar el expediente a la Jurisdicción Especial de Paz tiene que ver con la competencia que la Corte Suprema mantiene en estos casos. En el documento, el alto tribunal advierte que si la JEP tiene algún reparo debe manifestarlo.
 
BLU Radio conoció que la Corte no encontró probada la relación del procesado con el conflicto y por tanto se abstuvo de enviar su expediente a la JEP. Esto, pese a que el sometimiento por parte del excongresista Alfonso fue con base en las actividades con grupos paramilitares que se apoyaron para el exterminio de las Farc en la zona del caribe colombiano.
 
“Si es de interés de Héctor Julio Alfonso, se le autoriza para que se le expida copia de esta providencia a efectos de promover ante la JEP la actuación correspondiente, si es que esa autoridad encuentra mérito para provocar a la Sala Penal de la Corte Suprema conflicto de competencia negativo por la decisión que se adopta en esta providencia”, señala el documento.

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El presidente de la Red de Veedurías Ciudadana, Pablo Bustos, consideró que la Corte Suprema tomó una decisión contra los derechos fundamentales del procesado, en este caso, Héctor Julio Alfonso.
 
“La Red de Veedurías considera que la Corte Suprema de Justicia estaría abrogando competencias que no le corresponde, tomando facultades propias de otra jurisdicción y prácticamente estaría prevaricando”, aseguró Bustos.
 
Según el documento que fue radicado en la Corte, la competencia de la JEP debe estar activada desde el momento en que el procesado manifiesta voluntariamente su intención de someterse a dicho tribunal y por lo tanto la justicia ordinaria debe remitir el expediente para que se defina la situación jurídica del implicado.
 
“La actuación ante la jurisdicción ordinaria se suspende hasta tanto no se resuelva la admisión o no a la JEP por parte de la misma y no por parte de otra jurisdicción”, agregó Bustos.
 
Ante esta situación, BLU Radio conoció que fue elevada una petición a la Sala de Definición de la JEP para que determine si se presenta un conflicto de competencias para determinar la admisión o no. Así mismo, se espera que a partir de ese análisis se establezca si la Corte Suprema de Justicia debe enviar el expediente por medio del cual está siendo investigado el excongresista Héctor Julio Alfonso.
 
 
 

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