afrontar las personas naturales que no presenten a tiempo su declaración de renta.
La sanción más común se da por la presentación extemporánea de la declaración de renta, que es del 5 por ciento del valor del impuesto o de la retención practicada al contribuyente por cada mes o fracción de mes en el que se incumpla con la obligación de declarar.
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“Este 5 por ciento se liquida por mes o fracción de mes, es decir por un solo día de retrasos se estará generando el equivalente a un mes de extemporaneidad y a medida que van transcurriendo los meses pues la sanción va aumentando”, dijo.
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¿Qué sucede si presenta la declaración pero no tiene con qué pagar el impuesto?
“La recomendación es presentar la declaración a tiempo con lo cual se está evitando la sanción de extemporaneidad y estarán enfrentados solamente a unos intereses moratorios que definitivamente van a ser inferiores”, aseguró González.
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Estos son los requisitos para saber si debe declarar renta
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1-Todas aquellas personas que durante el año 2014 tuvieron ingresos superiores a 38 millones 479 mil pesos.
2-Personas naturales cuyo patrimonio a 31 de diciembre de 2014 fue igual o superior a 123 millones 683.000 pesos.
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3-Si usted hizo compras o consumos por valor de 77 millones de pesos.
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4-Si recibió depósitos o consignaciones en cuentas de ahorro, corriente u otras, por valor de 124 millones de pesos.
5-Si usted adquirió productos financieros como CDT, títulos de capitalización, u otros por valor de 124 millones de pesos.
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Recuerde que las fechas límite para declarar renta empiezan el 11 de agosto e irán hasta el 21 de octubre de conformidad con los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía.
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Si su último dígito es
01 y 02 hasta el 11 de agosto de 2015
03 y 04 hasta el 12 de agosto de 2015
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05 y 06 hasta el 13 de agosto de 2015
07 y 08 hasta el 14 de agosto de 2015
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09 y 10 hasta el 18 de agosto de 2015
11 y 12 hasta el 19 de agosto de 2015
13 y 14 hasta el 20 de agosto de 2015
15 y 16 hasta el 21 de agosto de 2015
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17 y 18 hasta el 24 de agosto de 2015
19 y 20 hasta el 25 de agosto de 2015
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21 y 22 hasta el 26 de agosto de 2015
23 y 24 hasta el 27 de agosto de 2015
25 y 26 hasta el 28 de agosto de 2015
27 y 28 hasta el 31 de agosto de 2015
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29 y 30 hasta el 1 de septiembre de 2015
31 y 32 hasta el 2 de septiembre de 2015
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33 y 34 hasta el 3 de septiembre de 2015
35 y 36 hasta el 4 de septiembre de 2015
37 y 38 hasta el 7 de septiembre de 2015
39 y 40 hasta el 8 de septiembre de 2015
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41 y 42 hasta el 9 de septiembre de 2015
43 y 44 hasta el 10 de septiembre de 2015
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45 y 46 hasta el 11 de septiembre de 2015
47 y 48 hasta el 14 de septiembre de 2015
49 y 50 hasta el 15 de septiembre de 2015
51 y 52 hasta el 16 de septiembre de 2015
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53 y 54 hasta el 17 de septiembre de 2015
55 y 56 hasta el 18 de septiembre de 2015
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57 y 58 hasta el 21 de septiembre de 2015
59 y 60 hasta el 22 de septiembre de 2015
61 y 62 hasta el 23 de septiembre de 2015
63 y 64 hasta el 24 de septiembre de 2015
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65 y 66 hasta el 25 de septiembre de 2015
67 y 68 hasta el 28 de septiembre de 2015
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69 y 70 hasta el 29 de septiembre de 2015
71 y 72 hasta el 30 de septiembre de 2015
73 y 74 hasta el 1o de octubre de 2015
75 y 76 hasta el 2 de octubre de 2015
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77 y 78 hasta el 5 de octubre de 2015
79 y 80 hasta el 6 de octubre de 2015
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81 y 82 hasta el 7 de octubre de 2015
83 y 84 hasta el 8 de octubre de 2015
85 y 86 hasta el 9 de octubre de 2015
87 y 88 hasta el 13 de octubre de 2015
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89 y 90 hasta el 14 de octubre de 2015
91 y 92 hasta el 15 de octubre de 2015
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93 y 94 hasta el 16 de octubre de 2015
95 y 96 hasta el 19 de octubre de 2015
97 y 98 hasta el 20 de octubre de 2015
99 y 00 hasta el 21 de octubre de 2015
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